Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063811)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino denominado "Grand Tour Territorios Unesco" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 218
Martes 14 de noviembre de 2023
57695
La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura transferirá
a la Diputación Provincial de Cáceres la cuantía de siete millones de euros (7.000.000,00 euros), en un único pago, con carácter anticipado, a la firma del presente convenio, en la anualidad 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 150060000 G/342A/76000 20230369
MR05C14I01.
Las entidades locales se encuentran exentas de prestar garantías por las aportaciones económicas que reciban de manera anticipada con cargo a los Presupuestos Generales, conforme
a lo establecido en la letra b) de la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/2007, de 19 de
abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
El pago de la aportación se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada
por la Diputación Provincial de Cáceres y dada de alta en el Sistema de Terceros de la Junta
de Extremadura.
Se llevará una contabilidad pormenorizada y separada a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio. E, igualmente, se dispondrá de listados de comprobación o
informes de control que garanticen la llevanza de cada una de las actuaciones que se derivan
de la ejecución del convenio.
La Diputación comunicará en el seno de las reuniones que celebre la Comisión de Seguimiento
(cláusula Undécima) y, siempre que lo pida cualquiera de las partes, el saldo y movimientos
de dicha cuenta.
Los intereses generados en la cuenta bancaria serán aplicados a actuaciones del convenio,
previa aprobación en la Comisión de Seguimiento.
Para que pueda realizarse el pago, la entidad local deberá acreditar, previamente, que se halla al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y frente a la Seguridad
Social y de no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
Dicha acreditación podrá realizarse mediante cualquiera de estos medios:
— Consulta de oficio por la Dirección General de Turismo de los datos correspondientes,
siempre que conste consentimiento expreso de la entidad local.
— Presentación de las correspondientes certificaciones, que tendrán validez durante el plazo de seis meses contados desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente
se establezca otro plazo.
Martes 14 de noviembre de 2023
57695
La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura transferirá
a la Diputación Provincial de Cáceres la cuantía de siete millones de euros (7.000.000,00 euros), en un único pago, con carácter anticipado, a la firma del presente convenio, en la anualidad 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 150060000 G/342A/76000 20230369
MR05C14I01.
Las entidades locales se encuentran exentas de prestar garantías por las aportaciones económicas que reciban de manera anticipada con cargo a los Presupuestos Generales, conforme
a lo establecido en la letra b) de la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/2007, de 19 de
abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
El pago de la aportación se efectuará mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada
por la Diputación Provincial de Cáceres y dada de alta en el Sistema de Terceros de la Junta
de Extremadura.
Se llevará una contabilidad pormenorizada y separada a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio. E, igualmente, se dispondrá de listados de comprobación o
informes de control que garanticen la llevanza de cada una de las actuaciones que se derivan
de la ejecución del convenio.
La Diputación comunicará en el seno de las reuniones que celebre la Comisión de Seguimiento
(cláusula Undécima) y, siempre que lo pida cualquiera de las partes, el saldo y movimientos
de dicha cuenta.
Los intereses generados en la cuenta bancaria serán aplicados a actuaciones del convenio,
previa aprobación en la Comisión de Seguimiento.
Para que pueda realizarse el pago, la entidad local deberá acreditar, previamente, que se halla al corriente en las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y frente a la Seguridad
Social y de no tener deudas con la Hacienda Autonómica.
Dicha acreditación podrá realizarse mediante cualquiera de estos medios:
— Consulta de oficio por la Dirección General de Turismo de los datos correspondientes,
siempre que conste consentimiento expreso de la entidad local.
— Presentación de las correspondientes certificaciones, que tendrán validez durante el plazo de seis meses contados desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente
se establezca otro plazo.