Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023063811)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino denominado "Grand Tour Territorios Unesco" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 218
Martes 14 de noviembre de 2023

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10) Los proyectos que no respeten plenamente las normas y prioridades de la Unión Europea en materia climática y medioambiental y el principio de “no causar un perjuicio
significativo” en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo 18 del junio de 2020.
5. E
 n las actuaciones que implique rehabilitación, equipamientos e infraestructuras, estarán
obligados a respetar el principio de “no causar daño significativo” (principio do no significant harm-DNSH).
— Para prevención y el control de la contaminación: realizar una evaluación de impacto
ambiental de cada una de las inversiones de la medida, de acuerdo con la Directiva de la
EIA y la normativa de evaluación de impacto ambiental que corresponda (autonómica o
nacional), y se identificarán e incluirán en el diseño de cada proyecto todas las medidas
de mitigación necesarias para la prevención y el control de la contaminación del suelo y
del agua.
Los componentes y materiales de construcción que se utilicen no contendrán amianto
ni sustancias muy preocupantes identificadas sobre la base de la lista de sustancias
sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006 del
Parlamento Europeo y del Consejo.
Los componentes y materiales de construcción utilizados que puedan entrar en contacto con los usuarios emitirán menos de 0,06 mg de formaldehído por m3 de material o
componente y menos de 0,001 mg de compuestos orgánicos volátiles cancerígenos de
categorías 1A y 1B por m3 de material o componente, previa prueba de acuerdo con
CEN/TS 16516 o ISO 16000-3 u otras condiciones de prueba estandarizadas y métodos
de determinación comparables. Además, se adoptarán medidas para reducir el ruido, el
polvo y las emisiones contaminantes durante la fase de obra y se ejecutarán las actuaciones asociadas a esta medida, siempre cumpliendo la normativa de aplicación vigente
en cuanto la posible contaminación de suelos y agua.
— Para la prevención y control de la contaminación y protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas: cuando las actuaciones de rehabilitación tengan lugar en
áreas sensibles a la biodiversidad (incluida la red Natura 2000 de áreas protegidas, sitios del Patrimonio Mundial de la UNESCO y áreas clave para la biodiversidad, así como
otras áreas protegidas) o en áreas próximas, se requerirá el cumplimiento de los artículo 6 (3) y 12 de la Directiva de hábitats y el artículo 5 de la Directiva de aves. Además,
cuando sea preceptivo, se llevará a cabo una evaluación de impacto ambiental (EIA).