Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063804)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Roturación de terrenos de pastizal para su puesta en cultivo y transformación en cereal de secano en una superficie de 12,0005 ha en la finca Dehesa de Capela", cuya promotora es D.ª Victoria Salomé Carande Herrero, en los términos municipales de Almendral y Badajoz (Badajoz). Expte.: IA22/0052.
29 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 217
Lunes 13 de noviembre de 2023

57324

El cultivo se realizará en régimen de secano por lo que no se prevé consumo de recursos hídricos.


3.3.10. Población y medio socioeconómico.

Respecto al factor socioeconómico, el impacto se considera positivo por la generación
de empleo y de la actividad económica.
Cabe destacar que el cultivo supondrá un mayor aprovechamiento de la parcela y por
tanto mayor renta para la promotora. No obstante, el impacto será limitado debido a la
extensión de la explotación proyectada.


3.3.11. Sinergias y efectos acumulativos.

En el documento ambiental aportado no se evalúa de forma adecuada la acumulación
de los efectos del proyecto con otros proyectos de similar naturaleza que se desarrollan
en el ámbito de la zona de actuación, como se ha indicado el entorno de la zona de
actuación se conforma de terrenos adehesado y terrenos de labor, junto con algunos
de cultivos permanentes, dada la entidad de la superficie objeto del proyecto, no se
considera que el desarrollo de éste vaya a producir graves efectos sinérgicos.


3.3.12. Vulnerabilidad del proyecto.

El documento ambiental incluye un apartado al respecto, indicando que el proyecto
no es vulnerable ante riesgos de accidente graves o catástrofes y que tenga efectos
adversos significativos sobre el medio ambiente por tratarse de un proyecto de escasa
entidad.
En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos adversos significativos
sobre el medio ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el apartado
4 “Condiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos sobre el medioambiente”.
Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura 2000. Por ello, del análisis técnico se concluye que no es preciso someter el proyecto a evaluación de impacto
ambiental ordinaria.
4. C
 ondiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos sobre el medio ambiente.
4.1. Condiciones de carácter general.


1. D
 eberán cumplirse todas las medidas preventivas, protectoras y correctoras descritas en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del presente informe.