Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0082)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Trujillanos.
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NÚMERO 217
Lunes 13 de noviembre de 2023

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d) Depuradoras de aguas residuales urbanas, salvo en aquellos casos en los que se compruebe
que no existe una ubicación alternativa.
e) Invernaderos, cerramientos y vallados que no sean permeables, tales como los cierres de
muro de fábrica de cualquier clase.
f) Granjas y criaderos de animales que deben estar incluidos en el Registro de explotaciones
ganaderas.
g) Rellenos que modifiquen la rasante del terreno y supongan una reducción significativa de la
capacidad de desagüe.
h) Acopios de materiales que puedan ser arrastrados o puedan degradar el DPH o
almacenamiento de residuos de todo tipo.
i) Infraestructuras lineales diseñadas de modo tendente al paralelismo con el cauce. Quedan
exceptuadas las infraestructuras de saneamiento y abastecimiento y otras canalizaciones
subterráneas, así como las obras de conservación, mejora y protección de infraestructuras
lineales ya existentes.
Excepcionalmente se permite la construcción de pequeñas edificaciones destinadas a usos
agrícolas con una superficie máxima de 40 m2, la construcción de las obras necesarias
asociadas a los aprovechamientos reconocidos por la legislación de aguas, y aquellas otras
obras destinadas a la conservación y restauración de construcciones singulares asociadas a los
usos tradicionales del agua, siempre que se mantenga su uso tradicional y no permitiendo, en
ningún caso, un cambio de uso salvo el acondicionamiento museístico, y siempre sujeto a una
serie de requisitos.
Zona inundable:
Las nuevas edificaciones se realizarán, en la medida de lo posible, fuera de las zonas inundables.
En aquellos casos en los que no sea posible, se estará a lo que al respecto establezcan, en su
caso, la normativa de la Comunidad Autónoma, teniendo en cuenta lo siguiente:
Las edificaciones se diseñarán teniendo en cuenta el riesgo de inundación existente y los nuevos
usos residenciales se dispondrán a una cota tal que no se vean afectados por la avenida con
periodo de retorno de 500 años, debiendo diseñarse teniendo en cuenta el riesgo y el tipo de
inundación existente. Podrán disponer de garajes subterráneos y sótanos, siempre que se
garantice la estanqueidad del recinto para la avenida de 500 años de período de retorno, se
realicen estudios específicos para evitar el colapso de las edificaciones, todo ello teniendo en
cuenta la carga sólida transportada, y además se disponga de respiraderos y vías de
evacuación por encima de la cota de dicha avenida. Se deberá tener en cuenta su
accesibilidad en situación de emergencia por inundaciones.
Se evitará el establecimiento de servicios o equipamientos sensibles o infraestructuras públicas
esenciales tales como, hospitales, centros escolares o sanitarios, residencias de personas
mayores o de personas con discapacidad, centros deportivos o grandes superficies comerciales
donde puedan darse grandes aglomeraciones de población, acampadas, zonas destinadas al