Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0082)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Trujillanos.
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NÚMERO 217
Lunes 13 de noviembre de 2023
Capítulo 2.
57429
DIRECTRICES.
Artículo 3.2.01.- Ocupación del territorio.
El Plan General Municipal define un modelo de ocupación del territorio basado en el
mantenimiento de la actual estructura general del territorio municipal, determinada por el
núcleo urbano principal, las redes de carreteras y caminos y el soporte físico, con sus
condiciones medioambientales, usos e infraestructuras territoriales. En consecuencia, se
establecen las siguientes directrices de ocupación:
1ª Desarrollo y fomento del núcleo existente, mediante la definición del modelo de evolución
urbana del mismo, y, con las excepciones señaladas en el apartado siguiente, el
establecimiento de medidas para prevenir la formación de otros núcleos de población.
3ª Mantenimiento y potenciación de las características esenciales del soporte físico del término,
mediante la conservación de su tradicional uso agrícola, la delimitación y protección de las
zonas de especial interés y la protección general de los valores medioambientales.
Artículo 3.2.02.- Modelo de evolución urbana.
El Plan General propone para el núcleo urbano de Trujillanos un modelo de crecimiento basado
en la aceptación y mantenimiento de la morfología existente, asumiendo básicamente el
establecido por el planeamiento anterior, en el que el desarrollo del núcleo se confía en general
al suelo urbano, con una localización preferente en el itinerario de la carretera N-V, aunque se
plantean dos sectores de suelo urbanizable de uso industrial en una localización aislada del
núcleo urbano. En el suelo urbano el planeamiento anterior propone la delimitación de las
correspondientes unidades de actuación. Salvo una, las que no han sido aún desarrolladas son
asumidas por el Plan General.
Los crecimientos de suelo urbanizable propuestos por el Plan General Municipal asumen los
previstos por el planeamiento anterior.
El modelo funcional propuesto se encamina a completar y mejorar los equipamientos existentes,
manteniendo la ubicación de aquellos que demandan mayor superficie, e implantando nuevos
viarios de conexión con las zonas residenciales.
Artículo 3.2.03.- Reserva de suelo para dotaciones e infraestructuras.
El Plan General Municipal define la estructura general y orgánica del territorio a través del
reconocimiento y planificación de los sistemas generales y locales de comunicaciones, espacios
libres, equipamientos y servicios públicos. Así mismo identifica y señala los equipamientos
públicos que integran la red básica dotacional y los que forman parte de red pormenorizada. La
delimitación e identificación de estos elementos se contiene en los planos de ordenación
números OE-8, OD-2 y OD-3
Lunes 13 de noviembre de 2023
Capítulo 2.
57429
DIRECTRICES.
Artículo 3.2.01.- Ocupación del territorio.
El Plan General Municipal define un modelo de ocupación del territorio basado en el
mantenimiento de la actual estructura general del territorio municipal, determinada por el
núcleo urbano principal, las redes de carreteras y caminos y el soporte físico, con sus
condiciones medioambientales, usos e infraestructuras territoriales. En consecuencia, se
establecen las siguientes directrices de ocupación:
1ª Desarrollo y fomento del núcleo existente, mediante la definición del modelo de evolución
urbana del mismo, y, con las excepciones señaladas en el apartado siguiente, el
establecimiento de medidas para prevenir la formación de otros núcleos de población.
3ª Mantenimiento y potenciación de las características esenciales del soporte físico del término,
mediante la conservación de su tradicional uso agrícola, la delimitación y protección de las
zonas de especial interés y la protección general de los valores medioambientales.
Artículo 3.2.02.- Modelo de evolución urbana.
El Plan General propone para el núcleo urbano de Trujillanos un modelo de crecimiento basado
en la aceptación y mantenimiento de la morfología existente, asumiendo básicamente el
establecido por el planeamiento anterior, en el que el desarrollo del núcleo se confía en general
al suelo urbano, con una localización preferente en el itinerario de la carretera N-V, aunque se
plantean dos sectores de suelo urbanizable de uso industrial en una localización aislada del
núcleo urbano. En el suelo urbano el planeamiento anterior propone la delimitación de las
correspondientes unidades de actuación. Salvo una, las que no han sido aún desarrolladas son
asumidas por el Plan General.
Los crecimientos de suelo urbanizable propuestos por el Plan General Municipal asumen los
previstos por el planeamiento anterior.
El modelo funcional propuesto se encamina a completar y mejorar los equipamientos existentes,
manteniendo la ubicación de aquellos que demandan mayor superficie, e implantando nuevos
viarios de conexión con las zonas residenciales.
Artículo 3.2.03.- Reserva de suelo para dotaciones e infraestructuras.
El Plan General Municipal define la estructura general y orgánica del territorio a través del
reconocimiento y planificación de los sistemas generales y locales de comunicaciones, espacios
libres, equipamientos y servicios públicos. Así mismo identifica y señala los equipamientos
públicos que integran la red básica dotacional y los que forman parte de red pormenorizada. La
delimitación e identificación de estos elementos se contiene en los planos de ordenación
números OE-8, OD-2 y OD-3