Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063797)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se resuelve la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada de la fábrica de conservas vegetales de Industria y Promociones Alimenticias, SA (INPRALSA). Expte.: AAINS23/011.
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NÚMERO 216
Viernes 10 de noviembre de 2023

56961

Segundo. La fábrica de conservas de Industria y Promociones Alimenticias, SA, se encuentra
dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, en particular está incluida en la categoría 9.1.b.ii del anejo 1 de dicha normativa,
relativas a “Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente del mero envasado,
de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de
productos alimenticios o piensos a partir de materia prima vegetal de una capacidad de producción de productos acabados superior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en
caso de que la instalación funcione durante un período no superior a 90 días consecutivos en
un año cualquiera”.
Tercero. Conforme a lo establecido en los artículos 3 y 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo 2 del
Decreto 81/2011, se somete a autorización ambiental integrada la construcción, montaje,
explotación, traslado o modificación sustancial de las instalaciones en las que se desarrolle
alguna de las actividades que se incluyen en el anexo I del citado real decreto legislativo.
Cuarto. Conforme a los dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en concordancia con
lo establecido por el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, y una vez finalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia, por la presente,
SE RESUELVE :
Otorgar la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada a favor de Industria y Promociones Alimenticias, SA, de Miajadas (Cáceres) de la fábrica de conservas
vegetales de Miajadas (Cáceres), a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en
la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad
de referencia en cada momento. El n.º de expediente de la instalación es el AAINS23/011.
Condicionado resolución modificación no sustancial de la marquesina
almacenamiento productos químicos
1. E
 l TAAI deberá mantener las instalaciones y equipos en condiciones óptimas, que eviten su
deterioro y la generación de vertidos que puedan constituir riesgo para la contaminación