Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063803)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 46,52 ha de olivar", cuya promotora es Dña. Josefina Macías Espinosa, en el término municipal de Bienvenida (Badajoz). Expte.: IA22/0659.
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NÚMERO 216
Viernes 10 de noviembre de 2023

57007

Asimismo, se dispondrá de una copia del presente informe en el lugar donde se desarrollen los trabajos.


3. L
 a transformación a regadío se ajustará a lo indicado en la documentación aportada por el promotor, afectando a una superficie total de 46,52 hectáreas, ubicadas
en las parcelas 35, 73, 81, 98, 99 y 100 del polígono 3 del término municipal de
Bienvenida.



4. C
 ualquier modificación del proyecto original deberá ser comunicada al órgano ambiental. Dichas modificaciones no podrán llevarse a cabo hasta que éste no se pronuncie sobre el carácter de la modificación, al objeto de determinar si procede o no
someter nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.



5. D
 e acuerdo con el informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana el promotor
deberá aclarar y precisar ante el Órgano de cuenca, qué superficie de riego y volumen se pretende, para que sea tramitado como un único expediente por parte de
dicho Organismo.



6. S
 e deberá contar de manera previa a la fase de funcionamiento del proyecto con
la correspondiente concesión administrativa de aprovechamiento de aguas públicas
para riego de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.



7. C
 ualquier modificación de la concesión de aguas finalmente resuelta por el Órgano
de Cuenca deberá ser comunicada al órgano ambiental, al objeto de determinar si
procede o no someter nuevamente el proyecto al trámite ambiental oportuno.



8. Si durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia de
alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el
Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al Coordinador de los Agentes del
Medio Natural de la UTV-6, que darán las indicaciones oportunas.

4.2. Medidas en la fase de construcción.


1. S
 e realizarán los mínimos movimientos de tierras posibles. Éstos se limitarán a la
zona de obras, evitando modificar la orografía natural del terreno y no realizando
desbroces, decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación.