Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063803)
Resolución de 31 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Concesión de aguas subterráneas para riego de 46,52 ha de olivar", cuya promotora es Dña. Josefina Macías Espinosa, en el término municipal de Bienvenida (Badajoz). Expte.: IA22/0659.
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NÚMERO 216
Viernes 10 de noviembre de 2023

57006

en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de
aguas subterráneas.



— Medio socioeconómico.
El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo y de la actividad
económica. Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la explotación, que en
Extremadura tiene una importancia vital.




— Sinergias y efectos acumulativos.
Al tratarse de un proyecto de carácter individual o muy localizado, dentro de una
amplia zona dedicada a los cultivos agrícolas, no se esperan efectos sinérgicos y/o
acumulativos como consecuencia de la ejecución y puesta en marcha del proyecto.




— Vulnerabilidad del proyecto.
El documento ambiental aporta un análisis de la vulnerabilidad del proyecto frente
a riesgos de accidentes graves y catástrofes de conformidad con lo estipulado en
la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, concluyendo que los riesgos de accidentes y
catástrofes considerados para la puesta en marcha del proyecto son mínimos o casi
inexistentes.

En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos significativos sobre el medio
ambiente, siempre que se apliquen las medidas recogidas en el apartado 4. “Condiciones
y medidas para prevenir y corregir los efectos adversos sobre el medio ambiente”. Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura 2000. Por ello, del análisis técnico se concluye que no es preciso someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental
ordinaria.
4. Condiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos sobre el medio ambiente.
4.1. Condiciones de carácter general.


1. D
 eberán cumplirse todas las medidas protectoras y correctoras descritas en el documento ambiental, en tanto no entren en contradicción con el condicionado del
presente informe.



2. S
 e informará a todo el personal implicado en la ejecución de este proyecto del contenido del presente informe de impacto ambiental, de manera que se ponga en su
conocimiento las medidas que deben adoptarse a la hora de realizar los trabajos.