Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0080)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Torremejía.
199 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 216
Viernes 10 de noviembre de 2023

57038

Artículo 1.3.2. Fondo edificable.
Es la distancia perpendicular desde la alineación, que establece la línea de edificación de la
parcela.
Artículo 1.3.3. Profundidad máxima edificable.
Es la distancia máxima y perpendicular desde la alineación, que establece la proyección de la
edificación.
Artículo 1.3.4. Edificación retranqueada.
Es la edificación con una separación mínima a los linderos, en todos sus puntos y medida
perpendicularmente a esta.
Artículo 1.3.5. Patio abierto.
Son los patios interiores de parcela que presentan uno de sus lados abiertos sobre las
alineaciones o líneas de edificación.
Artículo 1.3.6. Superficie libre
Es la franja existente en la parcela destinada a espacio libre y no ocupada por la edificación.
Artículo 1.3.7. Edificación aislada.
Es la edificación retranqueada en todos sus linderos.
Artículo 1.3.8. Separación entre edificaciones.
Es la distancia que existe entre dos edificaciones, medida entre sus puntos más próximos,
incluyendo la proyección horizontal de los cuerpos volados.
Artículo 1.3.9. Edificación libre.
Es la edificación de composición libre, no estando condicionada su posición en la parcela.

CAPÍTULO 4

INTENSIDAD DE LA EDIFICACIÓN.

Artículo 1.4.1. Superficie ocupada.
Es la superficie delimitada por las líneas de edificación.
Artículo 1.4.2. Coeficiente de ocupación por planta.
Es la relación, expresada en tanto por ciento, entre la superficie edificable por planta y la
superficie de la parcela edificable.
Artículo 1.4.3. Superficie edificable.
Es la suma de las superficies de todas las plantas sobre rasante, delimitada por el perímetro de la
cara exterior de los cerramientos en cada planta de los cuerpos cerrados, y el cincuenta por
ciento de la superficie de los cuerpos abiertos.