Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2023AC0080)
Acuerdo de 27 de junio de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Torremejía.
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NÚMERO 216
Viernes 10 de noviembre de 2023
57042
. Parcela neta edificable.- Es la superficie de parcela comprendida dentro de las alineaciones
oficiales.
. Patios abiertos.- Son los patios de parcela que presentan uno o más de sus lados abiertos a
fachada.
. Patios de parcela.- Es el espacio libre interior situado en la parcela neta edificable.
. Pieza habitable.- Es aquella que se destina a la permanencia continuada de las personas por
razones de estancia, trabajo o reposo.
. Planta baja.- Es la planta de la edificación cuyo piso está al nivel de la rasante de la acera o
terreno en contacto con la edificación o por encima de ella no más de un metro.
. Portal.- Es la zona de uso común situada en planta baja, comprendida entre el acceso exterior
del edificio y el núcleo de distribución interior.
. Rasante.- Es la cota superior del pavimento de la acera, calzada o terreno en contacto con la
edificación.
. Rasante oficial.- Es la rasante que corresponde al perfil longitudinal de las vías, plazas o calles
definidas en los documentos de planeamiento vigentes.
. Retranqueo.- Es la distancia entre la alineación oficial y la línea de edificación, pudiendo
referirse también a los restantes linderos de la parcela neta edificable.
. Semisótano.- Es la planta de la edificación en la que la cara superior del forjado que forma su
techo se encuentra a una altura sobre la rasante de la acera o terreno en contacto con la
edificación no superior a un metro medida en cualquier punto de su perímetro.
. Sótano.-
Es la planta de la edificación cuyo forjado de techo se encuentra en toda su
superficie por debajo de la rasante de la acera o terreno en contacto con la edificación.
. Superficie edificada de una planta.- Es la superficie de la edificación comprendida dentro de
los límites definidos por las líneas perimetrales de la construcción, tanto externos como interiores,
y los ejes de las medianerías, en su caso. Los cuerpos volados, balcones o terrazas que estén
cubiertos se computarán al 100% cuando se hallen limitados lateralmente por paredes, en caso
contrario se computará únicamente el 50% de su superficie.
. Superficie total edificada.- Es la resultante de la suma de las superficies edificadas de todas las
plantas de un edificio, incluidas las de las construcciones sobre la altura de edificación máxima
permitida.
. Superficie total edificable.- Será:
1) La resultante de aplicar el coeficiente de edificabilidad o porcentaje de ocupación
establecido para cada tipología en las presentes Normas a la superficie de la parcela neta
edificable.
2) La resultante de aplicar las condiciones de edificación establecidas para cada una
de las tipologías que se determinan en las presentes Normas.
Viernes 10 de noviembre de 2023
57042
. Parcela neta edificable.- Es la superficie de parcela comprendida dentro de las alineaciones
oficiales.
. Patios abiertos.- Son los patios de parcela que presentan uno o más de sus lados abiertos a
fachada.
. Patios de parcela.- Es el espacio libre interior situado en la parcela neta edificable.
. Pieza habitable.- Es aquella que se destina a la permanencia continuada de las personas por
razones de estancia, trabajo o reposo.
. Planta baja.- Es la planta de la edificación cuyo piso está al nivel de la rasante de la acera o
terreno en contacto con la edificación o por encima de ella no más de un metro.
. Portal.- Es la zona de uso común situada en planta baja, comprendida entre el acceso exterior
del edificio y el núcleo de distribución interior.
. Rasante.- Es la cota superior del pavimento de la acera, calzada o terreno en contacto con la
edificación.
. Rasante oficial.- Es la rasante que corresponde al perfil longitudinal de las vías, plazas o calles
definidas en los documentos de planeamiento vigentes.
. Retranqueo.- Es la distancia entre la alineación oficial y la línea de edificación, pudiendo
referirse también a los restantes linderos de la parcela neta edificable.
. Semisótano.- Es la planta de la edificación en la que la cara superior del forjado que forma su
techo se encuentra a una altura sobre la rasante de la acera o terreno en contacto con la
edificación no superior a un metro medida en cualquier punto de su perímetro.
. Sótano.-
Es la planta de la edificación cuyo forjado de techo se encuentra en toda su
superficie por debajo de la rasante de la acera o terreno en contacto con la edificación.
. Superficie edificada de una planta.- Es la superficie de la edificación comprendida dentro de
los límites definidos por las líneas perimetrales de la construcción, tanto externos como interiores,
y los ejes de las medianerías, en su caso. Los cuerpos volados, balcones o terrazas que estén
cubiertos se computarán al 100% cuando se hallen limitados lateralmente por paredes, en caso
contrario se computará únicamente el 50% de su superficie.
. Superficie total edificada.- Es la resultante de la suma de las superficies edificadas de todas las
plantas de un edificio, incluidas las de las construcciones sobre la altura de edificación máxima
permitida.
. Superficie total edificable.- Será:
1) La resultante de aplicar el coeficiente de edificabilidad o porcentaje de ocupación
establecido para cada tipología en las presentes Normas a la superficie de la parcela neta
edificable.
2) La resultante de aplicar las condiciones de edificación establecidas para cada una
de las tipologías que se determinan en las presentes Normas.