Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. Ayudas. (2023063684)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de ayudas destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 215

56874

Jueves 9 de noviembre de 2023

Decimotercero. Créditos presupuestarios.
1. Los créditos presupuestarios que servirán para atender la disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones que se generen en la presente convocatoria como consecuencia
de la concesión de las subvenciones, serán los consignados, con cargo a los fondos de la
Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto 20230321 y fondo MR02C06I04, con
imputación a la aplicación presupuestaria G/353C/77000, en la cuantía total máxima de
2.385.744,10 euros, que resulta de la siguiente distribución de anualidades:
ANUALIDADES

IMPORTE

CAUSA DEL GASTO

EJERCICIO 2023

715.723,23 euros

Resolución de solicitudes presentadas desde la eficacia de la
convocatoria hasta el día 31 de diciembre de 2023, incluido.

EJERCICIO 2024

1.670.020,87 euros

TOTAL

2.385.744,10 euros

Resolución de solicitudes presentadas desde el día 1 de
enero de 2024 hasta el día 30 de junio de 2024 (a.i.).

2. Dicha cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
3. Se considerará agotado el presupuesto cuando se efectúe el registro de la última solicitud
de ayuda que totalice el importe asignado a la Comunidad Autónoma. En caso de agotamiento del presupuesto, y siempre que no hubiera expirado la vigencia de los programas,
podrán seguir registrándose solicitudes en lista de reserva provisional, que serán atendidas
por riguroso orden de entrada, supeditadas a que se produzcan desestimaciones o renuncias de las solicitudes de ayuda previas que pudieran liberar presupuesto. En ningún caso,
la presentación de una solicitud a la lista de reserva provisional generará derecho alguno
para la persona solicitante, hasta que no se valide la solicitud.
4. En todo caso, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse
a efectuar las modificaciones correspondientes, se deberá́ proceder a declarar terminado
el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio de la Secretaría General, el cual
será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
5. E
 n aplicación de lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Real Decreto 902/2022, procede la
aplicación de un máximo del tres por ciento del presupuesto inicial disponible de conformidad con la resolución de 30 de noviembre de 2022 (2.459.530,00 €), con el fin de atender,
en concepto de costes indirectos imputables a las actuaciones subvencionadas, por un importe de 73.785,90 euros, los gastos de gestión del órgano concedente.