Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. Ayudas. (2023063684)
Resolución de 23 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de ayudas destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 215
Jueves 9 de noviembre de 2023



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4.º U
 na autorización de operador de transporte habilitante para intermediar en la contratación de transportes públicos de mercancías, identificadas registralmente con la
clave OT.

b) A la fecha de solicitud de la ayuda presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en
la letra a) anterior.
c) Intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/ descargador o
expedidor/receptor, tal y como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, en el documento de control y en el ADR.
2. No podrán ser destinatarias últimas de las ayudas:
a) Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición que, a
estos efectos, se realiza en el Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014.
b) Las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias enumeradas
en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, así como las
personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiera sido otorgada con anterioridad, bien
por haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por
cualquier tipo de incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la
concesión.
d) Las empresas o entidades de titularidad pública que sean prestadoras del servicio de
transporte público urbano.
Quinto. Obligaciones de los destinatarios últimos.
Los destinatarios últimos quedarán sujetos al cumplimiento de las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el proyecto o realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención mediante la ejecución de las actuaciones subvencionables solicitadas.
b) Justificar ante el órgano concedente el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así
como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la
concesión o disfrute de la subvención.