Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2023AC0081)
Acuerdo de 24 de febrero de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Montijo consistente en la supresión de la unidad de actuación SU-16, prevista para la apertura de un vial entre las calles Senador Piñero y de la T.
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NÚMERO 215
Jueves 9 de noviembre de 2023

56921

— No se aumenta el aprovechamiento lucrativo privado de ningún terreno, ni se desafecta
suelo de un destino público, ni se descalifican terrenos destinados a viviendas sujetas a
algún régimen de protección pública. Por lo tanto, no será necesario que se contemplen
medidas compensatorias para mantener la proporción y calidad de las dotaciones públicas (artículo 80.2 de la LSOTEX).
— No se reclasifican terrenos de Suelo No Urbanizable.
— La innovación pretendida no implica diferente calificación o uso urbanístico de zonas
verdes o espacios libres.
— No implica la legalización automática de actuaciones clandestinas o ilegales realizadas
con anterioridad a la entrada en vigor de la modificación.
— No se legalizan actuaciones urbanísticas disconformes con la ordenación territorial y
urbanística en vigor.
— No se recalifican parcelas cuyo uso precedente haya sido el docente o sanitario, elementos funcionales de las redes de infraestructura general o instalaciones adscritas a la
Defensa Nacional.
— La modificación no varía la densidad o la edificabilidad, ni se modifican los usos urbanísticos del suelo, no siendo por tanto necesario hacer constar en el expediente la
identidad de todos los propietarios o titulares de otros derechos reales sobre las fincas
afectadas, durante los cinco años anteriores a la iniciación del expediente (artículo 82.6
y D.A. 9.ª, punto 3 de LSOTEX).
5. A
 rticulado y planos afectados por la Modificación.
La presente modificación no conlleva en sí misma la modificación de ninguno de los artículos de las normas urbanísticas vigentes, viéndose modificados tan sólo algunos de los
planos de ordenación.
En concreto se modificará el siguiente plano:
— Plano B1. ORDENACIÓN.
— Ficha ACTUACIÓN SU-16.
6. E
 xtracto explicativo de los posibles efectos ambientales.
La presente innovación del planeamiento urbanístico municipal, cuyo objetivo es suprimir
la actuación aislada en suelo urbano SU-16, no se encuentra incluida en ninguno de los