Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063745)
Resolución de 26 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de modificación sustancial de la autorización ambiental unificada para la industria de fabricación de piensos compuestos de la que Cereales y Piensos Villanueva, SA, es titular en el término municipal de Villanueva del Fresno.
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NÚMERO 214
56571
Miércoles 8 de noviembre de 2023
4. L
os focos 1 y 3 son focos sistemáticos de emisiones difusas de partículas, que se originan en las operaciones de recepción y suministro de materiales pulverulentos (cereales y
piensos).
Para estos focos de emisión, dada su naturaleza y la imposibilidad de realizar mediciones
normalizadas de las emisiones procedentes de los mismos, se sustituye el establecimiento
de valores límite de emisión por las siguientes medidas técnicas:
Foco
N.º
1
Medida correctora asociada
La tolva de descarga deberá estar cubierta mediante cobertizo con cerramientos laterales y cerrado mediante trampilla o compuerta basculante que se acoplará al vehículo
de descarga.
Se colocará una lámina de PVC en el frontal del cobertizo de forma que cubra la trampilla o lateral de descarga del basculante en el momento de realizar esta operación.
3
Se dispondrá de mangas de tela para la descarga en la boca de salida de los silos a
granel.
Además, las ventanas existentes en la nave almacén dispondrán de filtros para evitar que
las partículas salgan al exterior.
5. L
a emisión canalizada del foco 6 se corresponde con los gases de combustión de gas propano de la caldera de 1,345 MW térmicos, instalada para abastecer de vapor de agua a
los procesos de granulación de pienso compuesto. La adicción de vapor en el sistema de
prensado hace que la compactación de la harina sea más homogénea, produciendo un resultado de mayor calidad.
Para este foco, atendiendo al proceso asociado se establecen valores límite de emisión
(VLE) para los siguientes contaminantes al aire:
CONTAMINANTE
VLE
Óxidos de nitrógeno (NOx) expresados como dióxido de nitrógeno (NO2)
300 ppm
Estos valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones establecidas en el apartado -g-. Además, están expresados en unidades de masa de
contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas residual liberado expresado en
metros cúbicos medidos en condiciones normales de presión y temperatura (101,3 kPa y
273,15 K), previa corrección del contenido en vapor de agua y referencia a un contenido
de oxígeno por volumen en el gas residual del tres por ciento.
56571
Miércoles 8 de noviembre de 2023
4. L
os focos 1 y 3 son focos sistemáticos de emisiones difusas de partículas, que se originan en las operaciones de recepción y suministro de materiales pulverulentos (cereales y
piensos).
Para estos focos de emisión, dada su naturaleza y la imposibilidad de realizar mediciones
normalizadas de las emisiones procedentes de los mismos, se sustituye el establecimiento
de valores límite de emisión por las siguientes medidas técnicas:
Foco
N.º
1
Medida correctora asociada
La tolva de descarga deberá estar cubierta mediante cobertizo con cerramientos laterales y cerrado mediante trampilla o compuerta basculante que se acoplará al vehículo
de descarga.
Se colocará una lámina de PVC en el frontal del cobertizo de forma que cubra la trampilla o lateral de descarga del basculante en el momento de realizar esta operación.
3
Se dispondrá de mangas de tela para la descarga en la boca de salida de los silos a
granel.
Además, las ventanas existentes en la nave almacén dispondrán de filtros para evitar que
las partículas salgan al exterior.
5. L
a emisión canalizada del foco 6 se corresponde con los gases de combustión de gas propano de la caldera de 1,345 MW térmicos, instalada para abastecer de vapor de agua a
los procesos de granulación de pienso compuesto. La adicción de vapor en el sistema de
prensado hace que la compactación de la harina sea más homogénea, produciendo un resultado de mayor calidad.
Para este foco, atendiendo al proceso asociado se establecen valores límite de emisión
(VLE) para los siguientes contaminantes al aire:
CONTAMINANTE
VLE
Óxidos de nitrógeno (NOx) expresados como dióxido de nitrógeno (NO2)
300 ppm
Estos valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones establecidas en el apartado -g-. Además, están expresados en unidades de masa de
contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas residual liberado expresado en
metros cúbicos medidos en condiciones normales de presión y temperatura (101,3 kPa y
273,15 K), previa corrección del contenido en vapor de agua y referencia a un contenido
de oxígeno por volumen en el gas residual del tres por ciento.