Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Precios Públicos. Centros Docentes Públicos. (2023040361)
Decreto 269/2023, de 31 de octubre, por el que se establecen los precios públicos correspondientes a las enseñanzas de régimen especial impartidas en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 214
Miércoles 8 de noviembre de 2023

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Artículo 10. Actualización de los precios públicos.
1. La actualización de las cuantías de los precios públicos establecidos en el presente decreto
se realizará conforme a lo establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Si el coste del servicio que se presta fuese superior a la cuantía actualizada del precio público, procederá su modificación, previo estudio de costes y memoria económico-financiera
que justifique el importe de estos.
3. Periódicamente, la Consejería de Hacienda y Administración Pública, procederá a publicar
las cuantías actualizadas, de conformidad con lo establecido en la Ley de Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 11. Procedimiento de pago.
1. El ingreso de los precios públicos se hará a través del Modelo-50 en cualquiera de las
entidades financieras colaboradoras con la Junta de Extremadura, de conformidad con lo
establecido en el Decreto 105/2002, de 23 de julio, de recaudación de ingresos producidos
por tributos propios, precios públicos y otros ingresos.
Asimismo, se puede acceder al pago mediante el modelo 050 a través de la siguiente dirección electrónica: https://modelo050.juntaex.es/modelo050/.
2. El alumnado satisfará el importe total de las tarifas al formalizar la matrícula o inscripción
mediante el ingreso correspondiente a través del Modelo-50, o mediante el pago con tarjeta a través del mismo modelo, siempre que el correspondiente precio público esté habilitado para su realización mediante este procedimiento.
3. Una vez realizado el ingreso del precio público correspondiente, la persona interesada
deberá presentar en la Secretaría del centro gestor el ejemplar 1 (para la Administración)
del Modelo-50, debidamente diligenciado o, en su caso, sellado por la entidad financiera.
4. El alumnado que curse las enseñanzas superiores de Grado de Diseño o de Grado de Arte
dramático podrá elegir la forma de efectuar el pago de los precios de matrícula, bien haciéndolo efectivo en un solo pago a principio de curso, bien fraccionándolo en tres pagos,
que serán ingresados en las fechas y cuantías siguientes:
— Primer pago: el 40 % del importe total, que se abonará al formalizar la matrícula.
— Segundo pago: el 30 % del importe total, que se abonará entre el 1 y el 15 de diciembre
del año de formalización de la matrícula.