Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063741)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en riego por goteo de 34,1512 ha de viñedos en las fincas "Moñito Grande" y "La Corchuela", mediante concesión de aguas superficiales", cuyo promotor es D. Diego María Sánchez Zambrano, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/1248.
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NÚMERO 213
Martes 7 de noviembre de 2023

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nes significativas sobre especies o hábitats protegidos siempre que se cumplan las
medidas indicadas en el presente Informe.



— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
La toma de aguas superficiales proyectada se encuentra dentro del DPH del río Guadiana y parte de la zona de actuación dentro de zona de policía del mismo cauce, por
lo que cualquier obra en ella deberá contar con la oportuna autorización del órgano
de cuenca. Parte de la superficie de riego estaría incluida en el terreno cubierto por
las aguas durante las avenidas extraordinarias T100 y T500 (T=periodo de retorno),
así como dentro de la Zona de Flujo Preferente (ZFP), tal como señala en su informe
la Confederación Hidrográfica del Guadiana. No se prevén afecciones físicas a cauces
que constituyan el Dominio Público del Estado.



En cuanto al consumo total de agua, estimado en 68.516,74 m3/año, procedentes
de la toma de aguas superficiales del río Guadiana, la Confederación Hidrográfica del
Guadiana indica se considera compatible con el Plan Hidrológico de cuenca, con las
limitaciones incluidas en el presente Informe, y que existen recursos hídricos suficientes para el otorgamiento de la concesión solicitada, estando, en cualquier caso,
a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud
de concesión de aguas para riego solicitada por el promotor. Se llevará a cabo un
uso eficiente y racional del recurso hídrico solicitado, en función de las necesidades
reales del cultivo y las condiciones meteorológicas en cada campaña de riego.



Para evitar impactos sobre el ecosistema fluvial se deberá garantizar el caudal mínimo ecológico del río del que se obtendrá el recurso, estando, igualmente, a lo que
indique la resolución de la solicitud de concesión de aguas superficiales en trámite.



Al tratarse de una transformación a regadío, aumenta la probabilidad de que elementos contaminantes lleguen a alguna masa de agua (superficial y/o subterránea). En
este caso, la captación del recurso superficial se sitúa en la masa de agua superficial
río Guadiana VII, en el tramo situado entre el Azud de Badajoz y la confluencia con
el río Caya. Entre los elementos contaminantes se encuentran los insecticidas, plaguicidas y el aporte de nutrientes mediante fertilizaciones. Todos ellos cuando no los
asumen la vegetación o la tierra son arrastrados por las aguas pluviales y de regadío
a la red de drenaje natural.



Se recomienda a la hora de realizar posibles labores culturales consistentes en la
aplicación de fertilizantes, fungicidas y/o plaguicidas, herbicidas, etc., deberán seguirse las recomendaciones de los manuales y códigos de buenas prácticas agrarias.