Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063738)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas superficiales del río Guadiana por el Canal de las Dehesas, con destino a riego de 57,4563 hectáreas de olivar en la finca "Sandín", en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz)". Expte.: IA21/1370.
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NÚMERO 213
Martes 7 de noviembre de 2023
56439
1. A
lternativa A, o alternativa cero, que consistiría en el mantenimiento de la situación actual, sin realizar la puesta en riego contemplada en el presente Proyecto. En este caso
la propiedad de la finca se encuentra con la limitación de obtener una baja renta de la
plantación de olivar extensivo de secano. Es por ello, que las posibilidades de crecimiento económico de su explotación se ven fuertemente limitadas por la imposibilidad de implantar el riego y obtener cultivos con mayor productividad que potencien los recursos
existentes en la finca.
2. A
lternativa B, caracterizada por la transformación de la finca a riego por goteo para una
plantación de olivar tradicional extensivo existente en una superficie de 57- 45-63 ha.
Mediante esta alternativa, la finca quedará provista de agua y de las instalaciones auxiliares necesarias para posibilitar el riego en gran parte de la misma. Por las notables
mejoras que se producirían en la explotación, se consideran objeto del presente proyecto las actuaciones descritas en esta alternativa, debido sobre todo por ser un cultivo
social que genera una gran cantidad de jornales y también una serie de actividades
necesarias para la economía de la zona.
3. J ustificación de la alternativa seleccionada: la idea de la propiedad de la finca, es económicamente elegir la puesta en riego en la plantación de olivar tradicional extensivo
existente, al estar la mayor parte de la finca plantada de olivar tradicional, hace que las
labores, cuidados y recolección se homogenicen por lo que es mejor opción que otro tipo
de cultivo, aumentando además la rentabilidad respecto a la primera opción, la afección
ambiental se considera insignificante, pero mucho más rentable.
La propiedad de la finca, no se plantea otra alternativa, porque obligaría al levantamiento
de la plantación de olivar actual, para implantar por ejemplo una plantación de almendro
con mayor consumo de agua y menor rentabilidad o una plantación de maíz también de
mayor consumo de agua y menor rentabilidad. Además, la especialización en un solo cultivo, que es el predominante en la finca, hace que se pueda realizar las labores con menor
utilización de clases de aperos agrícolas y por tanto una explotación más económica.
C.2. Impactos más significativos del proyecto.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
C.2.1. Red Natura 2000, Áreas Protegidas, fauna, flora, vegetación y hábitats
La actividad solicitada se encuentra incluida dentro del lugar de la Red Natura 2000:
— Zona Especial de Conservación (ZEC) “Embalse de Orellana y Sierra de Pela”
(ES0000068).
Martes 7 de noviembre de 2023
56439
1. A
lternativa A, o alternativa cero, que consistiría en el mantenimiento de la situación actual, sin realizar la puesta en riego contemplada en el presente Proyecto. En este caso
la propiedad de la finca se encuentra con la limitación de obtener una baja renta de la
plantación de olivar extensivo de secano. Es por ello, que las posibilidades de crecimiento económico de su explotación se ven fuertemente limitadas por la imposibilidad de implantar el riego y obtener cultivos con mayor productividad que potencien los recursos
existentes en la finca.
2. A
lternativa B, caracterizada por la transformación de la finca a riego por goteo para una
plantación de olivar tradicional extensivo existente en una superficie de 57- 45-63 ha.
Mediante esta alternativa, la finca quedará provista de agua y de las instalaciones auxiliares necesarias para posibilitar el riego en gran parte de la misma. Por las notables
mejoras que se producirían en la explotación, se consideran objeto del presente proyecto las actuaciones descritas en esta alternativa, debido sobre todo por ser un cultivo
social que genera una gran cantidad de jornales y también una serie de actividades
necesarias para la economía de la zona.
3. J ustificación de la alternativa seleccionada: la idea de la propiedad de la finca, es económicamente elegir la puesta en riego en la plantación de olivar tradicional extensivo
existente, al estar la mayor parte de la finca plantada de olivar tradicional, hace que las
labores, cuidados y recolección se homogenicen por lo que es mejor opción que otro tipo
de cultivo, aumentando además la rentabilidad respecto a la primera opción, la afección
ambiental se considera insignificante, pero mucho más rentable.
La propiedad de la finca, no se plantea otra alternativa, porque obligaría al levantamiento
de la plantación de olivar actual, para implantar por ejemplo una plantación de almendro
con mayor consumo de agua y menor rentabilidad o una plantación de maíz también de
mayor consumo de agua y menor rentabilidad. Además, la especialización en un solo cultivo, que es el predominante en la finca, hace que se pueda realizar las labores con menor
utilización de clases de aperos agrícolas y por tanto una explotación más económica.
C.2. Impactos más significativos del proyecto.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:
C.2.1. Red Natura 2000, Áreas Protegidas, fauna, flora, vegetación y hábitats
La actividad solicitada se encuentra incluida dentro del lugar de la Red Natura 2000:
— Zona Especial de Conservación (ZEC) “Embalse de Orellana y Sierra de Pela”
(ES0000068).