Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Suplencia. (2023063748)
Resolución de 20 de octubre de 2023, del Consejero, por la que se regula el régimen de suplencia de los titulares de los órganos directivos de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
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NÚMERO 213
Martes 7 de noviembre de 2023

56267

RESUELVO:
Primero. Para los casos de vacante, ausencia o enfermedad de las personas titulares de los
órganos que se indican, se establece el siguiente régimen de sustituciones:
1. Las funciones inherentes al despacho de los asuntos de la competencia de la persona titular
de la Secretaría General será sustituida por las personas titulares de los órganos que se
indican a continuación, por el siguiente orden:
a) Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca.
b) Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios.
c) Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia.
2. Las funciones inherentes al despacho de los asuntos de la competencia de la persona titular
de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca será sustituida por la persona
titular de la Secretaría General y, en su defecto, por las personas titulares de los órganos
que se indican a continuación, por el siguiente orden:
a) Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios.
b) Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia.
3. Las funciones inherentes al despacho de los asuntos de la competencia de la persona titular de la Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios será sustituida por la
persona titular de la Secretaría General y, en su defecto, por las personas titulares de los
órganos que se indican a continuación, por el siguiente orden:
a) Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca.
b) Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia.
4. Las funciones inherentes al despacho de los asuntos de la competencia de la persona titular de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia será
sustituida por la persona titular de la Secretaría General y, en su defecto, por las personas
titulares de los órganos que se indican a continuación, por el siguiente orden:
a) Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca.
b) Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios.