Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Tasas. Procedimientos Telemáticos. (2023050192)
Orden de 24 de octubre de 2023 por la que se regula y autoriza la presentación y pago telemático de la tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, modalidades bingo ordinario y bingo electrónico en la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación del modelo de declaración-liquidación 047 de presentación telemática.
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NÚMERO 213

56235

Martes 7 de noviembre de 2023

— Datos de la obligación tributaria (n.º de carta de pago, concepto, total a ingresar y fecha
de devengo o periodo al que se refiera).
— Fecha y hora de pago.
— Importe pagado.
— Número de referencia de Operación (NRO).
— Código Seguro de Verificación).
Artículo 5. Devengo.
La tasa fiscal sobre el juego del bingo se devenga en el momento de suministrar los cartones
al sujeto pasivo.
Artículo 6. Ingreso de la Tasa.
El ingreso de la tasa fiscal se efectuará en cualquiera de las entidades colaboradoras a través
del propio modelo 047 o mediante los medios telemáticos de pago que se habiliten por la
Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 7. Plazo de ingreso.
1. E
 l pago de la tasa fiscal sobre el juego del bingo no electrónico se efectuará con carácter
previo a la adquisición de los cartones.
2. E
 n el juego del bingo electrónico será mensual. El ingreso se efectuará dentro de los primeros 20 días del mes siguiente.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido
en la presente orden y, expresamente, la Orden de 10 de abril de 2015 por la que se aprueban
los modelos de declaración-liquidación 046 y 047 de la tasa fiscal sobre el juego en las modalidades de bingo ordinario y bingo electrónico en la Comunidad Autónoma de Extremadura
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día 1 del mes siguiente a su publicación.
Mérida, 24 de octubre de 2023.
La Consejera,
MARÍA ELENA MANZANO SILVA