Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063739)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Alojamiento rural", cuyos promotores son D.ª María Pilar García Casalvázquez y D. Ramón Jesús Gerada Sánchez, en el término municipal de Monesterio (Badajoz). Expte.: IA22/0973.
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NÚMERO 212
Lunes 6 de noviembre de 2023
56147
— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
— Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007, de
19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
b. Medidas en fase de construcción.
— Se minimizarán las obras de tipo civil, como explanadas, caminos o delimitaciones,
y se respetará el entorno natural.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales y evitando establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo
y acopios.
— La zona de obras se jalonará, evitando afectar a terrenos o vegetación aledaña a las
zonas estrictamente necesarias para la ejecución de las obras.
— Previamente al comienzo de las obras, se retirará la tierra vegetal de las zonas a
ocupar, para ser utilizadas de nuevo en la restauración y revegetación de las zonas
afectadas, así como de las zonas ajardinadas.
— Se pondrán en marcha cuantas medidas sean necesarias para evitar la erosión y la
pérdida de suelo fértil. Los movimientos de tierra serán los estrictamente necesarios;
se asegurará la estabilidad de los taludes reduciendo sus pendientes; deberá existir
una planificación de los drenajes de las aguas pluviales y escorrentías.
— Se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados por las obras y explanaciones previstas, principalmente mediante el aporte de
tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases iniciales de obra.
— No se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo
en zonas próximas a los cauces (distancia mínima de 5 metros), ni interfiriendo en
la red natural de drenaje, para evitar su arrastre al lecho en el caso de lluvia o escorrentía superficial.
— Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas
unidades de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación de aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros
Lunes 6 de noviembre de 2023
56147
— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
— Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007, de
19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
b. Medidas en fase de construcción.
— Se minimizarán las obras de tipo civil, como explanadas, caminos o delimitaciones,
y se respetará el entorno natural.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales y evitando establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo
y acopios.
— La zona de obras se jalonará, evitando afectar a terrenos o vegetación aledaña a las
zonas estrictamente necesarias para la ejecución de las obras.
— Previamente al comienzo de las obras, se retirará la tierra vegetal de las zonas a
ocupar, para ser utilizadas de nuevo en la restauración y revegetación de las zonas
afectadas, así como de las zonas ajardinadas.
— Se pondrán en marcha cuantas medidas sean necesarias para evitar la erosión y la
pérdida de suelo fértil. Los movimientos de tierra serán los estrictamente necesarios;
se asegurará la estabilidad de los taludes reduciendo sus pendientes; deberá existir
una planificación de los drenajes de las aguas pluviales y escorrentías.
— Se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados por las obras y explanaciones previstas, principalmente mediante el aporte de
tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases iniciales de obra.
— No se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo
en zonas próximas a los cauces (distancia mínima de 5 metros), ni interfiriendo en
la red natural de drenaje, para evitar su arrastre al lecho en el caso de lluvia o escorrentía superficial.
— Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas
unidades de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación de aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros