Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063735)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola, cuyo titular es Elías Serrano Ruiz, en el término municipal de Zorita.
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NÚMERO 211
Viernes 3 de noviembre de 2023
55896
que dispongan de un número de emplazamientos o animales superior a 9.500 emplazamientos para pollos de engorde”.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habiéndose
dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Elías Serrano Ruiz para el proyecto de
instalación de explotación avícola de cebo intensivo, categoría 1.1. del anexo II, relativa a
“Instalaciones ganaderas, no incluidas en el anexo I, destinadas a la cría de aves, incluyendo
las granjas cinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos o animales superior
a 9.500 emplazamientos para pollos de engorde”, ubicada en el término municipal de Zorita
(Cáceres), a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el
condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones
de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º
de expediente de la actividad proyectada es el AAUN 22/069.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol.
1. E
l tratamiento y gestión de los estiércoles que se generen en esta explotación avícola podrá llevarse a cabo mediante la aplicación de los mismos como abono orgánico o mediante
retirada por gestor autorizado, en el caso que nos ocupa se opta por retirada por gestor
autorizado. Para el control de la gestión de los estiércoles, la instalación deberá disponer
de un Libro de Registro de Gestión conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento”, de forma que todas las deyecciones generadas sean gestionadas
adecuadamente, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de Gestión
de Estiércoles.
Este residuo podrá aparecer mezclado con materiales biodegradables empleados usualmente como cama para los animales: mezcla de virutas más aserrín, cascarilla de arroz, paja
de cereales troceada, papel troceado, pipas de girasol etc.
Viernes 3 de noviembre de 2023
55896
que dispongan de un número de emplazamientos o animales superior a 9.500 emplazamientos para pollos de engorde”.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habiéndose
dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Elías Serrano Ruiz para el proyecto de
instalación de explotación avícola de cebo intensivo, categoría 1.1. del anexo II, relativa a
“Instalaciones ganaderas, no incluidas en el anexo I, destinadas a la cría de aves, incluyendo
las granjas cinegéticas, que dispongan de un número de emplazamientos o animales superior
a 9.500 emplazamientos para pollos de engorde”, ubicada en el término municipal de Zorita
(Cáceres), a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el
condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones
de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º
de expediente de la actividad proyectada es el AAUN 22/069.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol.
1. E
l tratamiento y gestión de los estiércoles que se generen en esta explotación avícola podrá llevarse a cabo mediante la aplicación de los mismos como abono orgánico o mediante
retirada por gestor autorizado, en el caso que nos ocupa se opta por retirada por gestor
autorizado. Para el control de la gestión de los estiércoles, la instalación deberá disponer
de un Libro de Registro de Gestión conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento”, de forma que todas las deyecciones generadas sean gestionadas
adecuadamente, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de Gestión
de Estiércoles.
Este residuo podrá aparecer mezclado con materiales biodegradables empleados usualmente como cama para los animales: mezcla de virutas más aserrín, cascarilla de arroz, paja
de cereales troceada, papel troceado, pipas de girasol etc.