Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063676)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta solar fotovoltaica de autoconsumo "Diam Corchos" e infraestructura de conexión, en el término municipal de San Vicente de Alcántara (Badajoz) y cuya promotora es Diam Corchos, SA. Expte.: IA23/0142.
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NÚMERO 210
Jueves 2 de noviembre de 2023
55462
de Extremadura. El cerramiento de la instalación será de malla ganadera, de 2 m de
altura máxima y con una luz de 30 x 15 cm mínimo. Se instalará un cable de acero de
0,6 mm solidario al hilo inferior, que impida el acceso de jabalí (sus scrofa) a la planta,
ya que podría condicionar la productividad de las comunidades de especies que habita
en estos ecosistemas. No tendrá sistema de anclaje al suelo diferente de los postes,
no tendrá elementos cortantes o punzantes y contará con una placa metálica entre
cada vano en la mitad superior de la valla de 20 x 20 cm para hacerla más visible para
la avifauna. Adicionalmente se instalará un cerramiento de exclusión ganadera a una
distancia de 1,5-2,0 m del cerramiento perimetral de la planta, creando un pasillo para
la fauna. En este pasillo de 1,5-2,0 m de anchura que queda entre los dos cerramientos perimetrales, no se tocará la flora ni el suelo, esperando a que crezcan matorrales
mediterráneos, sin necesidad de actuación, de modo que puedan ofrecer una pantalla
vegetal para la planta. Si no creciesen, se ayudará con plantaciones de especies autóctonas de la zona. En ambos vallados se abrirán gateras de 33 x 22 cm cada 100 m para
permitir el paso de lince ibérico (Lynx pardinus).
6. L
os paneles se instalarán, en la medida de lo posible, hincando las estructuras en el
suelo. En los casos en los que sea necesario usar hormigón se hará de forma localizada
en los puntos de anclaje de las estructuras al suelo.
7. L
os movimientos de tierras serán exclusivamente para los caminos, zanjas de cableado y para la línea de evacuación subterránea. No se realizarán acondicionamientos del
terreno para la instalación de paneles, ni se realizarán decapados de la capa de tierra
vegetal en áreas de implantación, únicamente se realizarán desbroces de vegetación,
sin decapado de tierra vegetal.
8. S
e prestará atención a la mortalidad de fauna, especialmente de reptiles y anfibios, por
atropello u otras actividades asociadas a la obra. Para ello, se limitará la velocidad de
circulación a 20 km/h en toda el área de implantación del proyecto, y se colocará cartelería de aviso de presencia de fauna en la calzada.
9. D
eberá tenerse en cuenta la normativa en materia de incendios forestales, Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y modificaciones posteriores, así
como el Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el plan de lucha contra
incendios forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan Infoex), y modificaciones posteriores.
10. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;
Jueves 2 de noviembre de 2023
55462
de Extremadura. El cerramiento de la instalación será de malla ganadera, de 2 m de
altura máxima y con una luz de 30 x 15 cm mínimo. Se instalará un cable de acero de
0,6 mm solidario al hilo inferior, que impida el acceso de jabalí (sus scrofa) a la planta,
ya que podría condicionar la productividad de las comunidades de especies que habita
en estos ecosistemas. No tendrá sistema de anclaje al suelo diferente de los postes,
no tendrá elementos cortantes o punzantes y contará con una placa metálica entre
cada vano en la mitad superior de la valla de 20 x 20 cm para hacerla más visible para
la avifauna. Adicionalmente se instalará un cerramiento de exclusión ganadera a una
distancia de 1,5-2,0 m del cerramiento perimetral de la planta, creando un pasillo para
la fauna. En este pasillo de 1,5-2,0 m de anchura que queda entre los dos cerramientos perimetrales, no se tocará la flora ni el suelo, esperando a que crezcan matorrales
mediterráneos, sin necesidad de actuación, de modo que puedan ofrecer una pantalla
vegetal para la planta. Si no creciesen, se ayudará con plantaciones de especies autóctonas de la zona. En ambos vallados se abrirán gateras de 33 x 22 cm cada 100 m para
permitir el paso de lince ibérico (Lynx pardinus).
6. L
os paneles se instalarán, en la medida de lo posible, hincando las estructuras en el
suelo. En los casos en los que sea necesario usar hormigón se hará de forma localizada
en los puntos de anclaje de las estructuras al suelo.
7. L
os movimientos de tierras serán exclusivamente para los caminos, zanjas de cableado y para la línea de evacuación subterránea. No se realizarán acondicionamientos del
terreno para la instalación de paneles, ni se realizarán decapados de la capa de tierra
vegetal en áreas de implantación, únicamente se realizarán desbroces de vegetación,
sin decapado de tierra vegetal.
8. S
e prestará atención a la mortalidad de fauna, especialmente de reptiles y anfibios, por
atropello u otras actividades asociadas a la obra. Para ello, se limitará la velocidad de
circulación a 20 km/h en toda el área de implantación del proyecto, y se colocará cartelería de aviso de presencia de fauna en la calzada.
9. D
eberá tenerse en cuenta la normativa en materia de incendios forestales, Decreto
260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y modificaciones posteriores, así
como el Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el plan de lucha contra
incendios forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan Infoex), y modificaciones posteriores.
10. Si durante la realización de las actividades se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001;