Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Ayudas. (2023063736)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado protegido de trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2023/2024.
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NÚMERO 210
Jueves 2 de noviembre de 2023
CODIGO CIP
0653323
55638
FOMENTO DEL EMPLEO DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD EN EL MERCADO PROTEGIDO DE
TRABAJO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
EXTREMADURA. CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PROGRAMA IV:
AYUDAS A PROYECTOS DE INSERCION EN
EMPRESAS ORDINARIAS.
14. DECLARACIÓN EXPRESA Y RESPONSABLE DEL CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO SOLICITANTE SOBRE LOS
REQUISITOS Y EXCLUSIONES DEL DECRETO REGULADOR
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud,
DECLARA:
1. Que el centro especial de empleo está calificado e inscrito en el Registro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Que el centro de trabajo donde las personas objeto de subvención prestan sus servicios habitualmente o al que
queden adscritas según su acuerdo de trabajo a distancia (teletrabajo) está en situación de alta en un código de cuenta
de cotización a la Seguridad Social que corresponde a las provincias de Badajoz o Cáceres.
3. Que las contrataciones por la que se solicita subvención se han efectuado según lo establecido en el Real Decreto
1368/1985, de 17 de julio que regula la relación laboral de carácter especial de las personas con discapacidad en
Centros Especiales de Empleo.
4. Que el centro especial de empleo no ha sido sancionado por las infracciones previstas en los artículos 16, 22.2 y 23
del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones
en el Orden Social, por un período de un año, a contar desde la fecha de la comisión de la infracción, aunque no hayan
sido excluidas en el acta de infracción.
5. Que las contrataciones por las que se solicita subvención no se han efectuado mediando la comisión de cualquiera de
las infracciones previstas en los artículos 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba
el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
6. Que el centro especial de empleo solicitante no ha efectuado actuaciones que puedan implicar la consecución de la
subvención sin que se produzca creación real y efectiva de empleo.
7. Que el centro especial de empleo ha realizado un itinerario de inserción socio laboral con las personas trabajadoras
con discapacidad de dicho centro, de manera que se fomente su inserción en empresas del mercado ordinario.
8. Que el itinerario de inserción socio laboral ha tenido una duración mínima de 3 meses en el centro especial de empleo.
9. Que la actividad realizada en el itinerario de inserción guarda relación directa con la actividad del Centro Especial de
Empleo.
10. Que los contratos del personal que ha intervenido en el itinerario de inserción no tiene contrato fijo-discontinuo.
11. Que la inserción de la persona trabajadora con discapacidad no se ha producido en empresas vinculadas con el mismo
centro especial de empleo, ni en un puesto de la administración pública ni en empresas de trabajo temporal.
Jueves 2 de noviembre de 2023
CODIGO CIP
0653323
55638
FOMENTO DEL EMPLEO DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD EN EL MERCADO PROTEGIDO DE
TRABAJO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
EXTREMADURA. CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PROGRAMA IV:
AYUDAS A PROYECTOS DE INSERCION EN
EMPRESAS ORDINARIAS.
14. DECLARACIÓN EXPRESA Y RESPONSABLE DEL CENTRO ESPECIAL DE EMPLEO SOLICITANTE SOBRE LOS
REQUISITOS Y EXCLUSIONES DEL DECRETO REGULADOR
La representación legal de la entidad que suscribe la presente solicitud,
DECLARA:
1. Que el centro especial de empleo está calificado e inscrito en el Registro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Que el centro de trabajo donde las personas objeto de subvención prestan sus servicios habitualmente o al que
queden adscritas según su acuerdo de trabajo a distancia (teletrabajo) está en situación de alta en un código de cuenta
de cotización a la Seguridad Social que corresponde a las provincias de Badajoz o Cáceres.
3. Que las contrataciones por la que se solicita subvención se han efectuado según lo establecido en el Real Decreto
1368/1985, de 17 de julio que regula la relación laboral de carácter especial de las personas con discapacidad en
Centros Especiales de Empleo.
4. Que el centro especial de empleo no ha sido sancionado por las infracciones previstas en los artículos 16, 22.2 y 23
del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones
en el Orden Social, por un período de un año, a contar desde la fecha de la comisión de la infracción, aunque no hayan
sido excluidas en el acta de infracción.
5. Que las contrataciones por las que se solicita subvención no se han efectuado mediando la comisión de cualquiera de
las infracciones previstas en los artículos 22.2 y 23 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba
el texto refundido sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
6. Que el centro especial de empleo solicitante no ha efectuado actuaciones que puedan implicar la consecución de la
subvención sin que se produzca creación real y efectiva de empleo.
7. Que el centro especial de empleo ha realizado un itinerario de inserción socio laboral con las personas trabajadoras
con discapacidad de dicho centro, de manera que se fomente su inserción en empresas del mercado ordinario.
8. Que el itinerario de inserción socio laboral ha tenido una duración mínima de 3 meses en el centro especial de empleo.
9. Que la actividad realizada en el itinerario de inserción guarda relación directa con la actividad del Centro Especial de
Empleo.
10. Que los contratos del personal que ha intervenido en el itinerario de inserción no tiene contrato fijo-discontinuo.
11. Que la inserción de la persona trabajadora con discapacidad no se ha producido en empresas vinculadas con el mismo
centro especial de empleo, ni en un puesto de la administración pública ni en empresas de trabajo temporal.