Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Indicación Geográfica Proteg. (2023063661)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se adopta y hace pública la decisión favorable en relación con la solicitud de inscripción del nombre "Garbanzo de Valencia del Ventoso" en el Registro de indicaciones geográficas protegidas de la Unión Europea.
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NÚMERO 208

54850

Lunes 30 de octubre de 2023

RESUELVE:
Primero. Adoptar y hacer pública la decisión favorable en relación con la solicitud de inscripción del nombre “Garbanzo de Valencia del Ventoso” en el Registro de Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) de la Unión Europea, al que se refiere el artículo 11 del Reglamento (UE)
n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre
los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios, una vez comprobado que
dicha solicitud cumplía las condiciones para continuar su tramitación.
Segundo. Publicar el pliego de condiciones el que se ha basado esta decisión favorable. Dicho
texto, así como también el documento único, puede consultarse en la siguiente dirección de
la página web oficial de la Junta de Extremadura:
https://www.juntaex.es/w/igp-garbanzo-valencia-del-ventoso
Tercero. Ordenar la comunicación al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de la
publicación de esta resolución, a los efectos de la transmisión de la solicitud de inscripción a
la Comisión Europea, según determina el artículo 15.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de
octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas
en el registro comunitario y la oposición a ellas.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la dicta o bien directamente
ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, quien es la competente
para resolverlo, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los artículos 36.i) y 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello sin
perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 19 de octubre de 2023.
El Director General de Agricultura y
Ganadería,
JOSÉ MANUEL BENÍTEZ MEDINA