Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Idiomas. Subvenciones. (2023063503)
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, sobre convocatoria de las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2023/2024.
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NÚMERO 208
Lunes 30 de octubre de 2023
54885
Profesional, pero, comoquiera que la demanda de auxiliares que realizan los centros educativos es creciente, así como por la propia iniciativa de la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional en su afán de fomentar el plurilingüismo, tal y como se prescribe y
contempla en los artículos 61, 74, 75 y 76 de la referida Ley 4/2011, de 7 de marzo, se hace
necesario complementar la insuficiente asignación anual del cupo de auxiliares de conversación del Ministerio de Educación y Formación Profesional con la provisión suplementaria de
más auxiliares, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
que son seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
El carácter singular de esta subvención deriva de que las personas beneficiarias son seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante un proceso de concurrencia competitiva.
En consideración de lo anterior, entendiendo que existen razones de interés público, social
y económico, la Administración regional colaborará directamente en la financiación de estas
actuaciones, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, a través
de la concesión directa mediante convocatoria abierta de las subvenciones, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones otorgadas a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE núm 174,
de 9 de septiembre) regula la actividad de las personas auxiliares de conversación seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en centros educativos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo necesario determinar su número anualmente,
así como su financiación de acuerdo con lo establecido en su artículo 7.
Por todo lo anterior, en uso de las competencias atribuidas por los artículos 29 y 23.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y a propuesta del Servicio de Plurilingüismo, Evaluación, Estadística y Gestión Administrativa
Digital,
RESUELVO:
Primero. Convocatoria.
1. P
or la presente resolución se convocan las subvenciones destinadas a las personas auxiliares de conversación seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional
con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso 2023/2024. Todo ello conforme a lo dispuesto en las bases
Lunes 30 de octubre de 2023
54885
Profesional, pero, comoquiera que la demanda de auxiliares que realizan los centros educativos es creciente, así como por la propia iniciativa de la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional en su afán de fomentar el plurilingüismo, tal y como se prescribe y
contempla en los artículos 61, 74, 75 y 76 de la referida Ley 4/2011, de 7 de marzo, se hace
necesario complementar la insuficiente asignación anual del cupo de auxiliares de conversación del Ministerio de Educación y Formación Profesional con la provisión suplementaria de
más auxiliares, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
que son seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
El carácter singular de esta subvención deriva de que las personas beneficiarias son seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante un proceso de concurrencia competitiva.
En consideración de lo anterior, entendiendo que existen razones de interés público, social
y económico, la Administración regional colaborará directamente en la financiación de estas
actuaciones, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, a través
de la concesión directa mediante convocatoria abierta de las subvenciones, con arreglo a lo
dispuesto en el artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones otorgadas a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos
sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, (DOE núm 174,
de 9 de septiembre) regula la actividad de las personas auxiliares de conversación seleccionados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en centros educativos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo necesario determinar su número anualmente,
así como su financiación de acuerdo con lo establecido en su artículo 7.
Por todo lo anterior, en uso de las competencias atribuidas por los artículos 29 y 23.1 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
y a propuesta del Servicio de Plurilingüismo, Evaluación, Estadística y Gestión Administrativa
Digital,
RESUELVO:
Primero. Convocatoria.
1. P
or la presente resolución se convocan las subvenciones destinadas a las personas auxiliares de conversación seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional
con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso 2023/2024. Todo ello conforme a lo dispuesto en las bases