Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Idiomas. Subvenciones. (2023063637)
Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de convocatoria de las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2023/2024.
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NÚMERO 208

54905

Lunes 30 de octubre de 2023

Quinto. Solicitudes y plazo.
1. L
 as solicitudes se formalizarán según el modelo que se acompaña como anexo I a la resolución y que estará disponible a través de la plataforma Rayuela
(https://rayuela.educarex.es/modulo_acceso/).
2. Con carácter general, el plazo de presentación de las solicitudes será diez días hábiles desde la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura y el extracto de
la misma conforme a lo establecido en el artículo 16.q de la Ley 6/2011, 23 de marzo de
Subvenciones de Extremadura.
No obstante para circunstancias sobrevenidas que requieran la contratación de nuevos
auxiliares de conversación el plazo máximo de vigencia de la convocatoria a efectos de
presentación de solicitudes será de un año.
Sexto. Otros datos.
1. E
 l abono de las asignaciones mensuales se realizará por meses vencidos. Cuando no se
complete el mes de actividad, se abonará la parte proporcional al periodo que corresponda.
2. L
 a justificación vendrá determinada por el cumplimiento de las horas de jornada semanal
establecidas en las bases y en la convocatoria. El control de la jornada semanal de la persona beneficiaria quedará recogida en la plataforma Rayuela, de manera que, cuando no se
complete el mes de actividad, se abonará la parte proporcional al periodo que corresponda.
Para ello, los directores de los centros educativos donde estén asignados estos auxiliares
registrarán las ausencias en la citada plataforma.
3. U
 na vez que los auxiliares de conversación hayan finalizado su actividad en el centro educativo se remitirán al Servicio de Plurilingüismo, Evaluación, Estadística y la Gestión Administrativa Digital los siguientes documentos:
a) Declaración firmada de los beneficiarios de haber cumplido las condiciones y la finalidad
para la que fue concebida la ayuda.
b) Informe de la Dirección del centro educativo en el que justifique que la actividad realizada ha cumplido el objetivo para el que la ayuda fue concebida.
Mérida, 10 de octubre de 2023.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
(PD, Resolución de 9 de agosto de
2023, de la Secretaría General,
DOE n.º 156, de 14 de agosto).
M.ª DEL PILAR PÉREZ GARCÍA