Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Idiomas. Subvenciones. (2023063637)
Extracto de la Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de convocatoria de las subvenciones a los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2023/2024.
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NÚMERO 208
Lunes 30 de octubre de 2023

54903

EXTRACTO de la Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Secretaría General
de Educación y Formación Profesional, de convocatoria de las subvenciones a
los auxiliares de conversación con destino en centros educativos sostenidos
con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
curso 2023/2024. (2023063637)
BDNS(Identif.): 722350
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de convocatoria,
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
La convocatoria de las subvenciones destinadas a las personas auxiliares de conversación seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional con destino en centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el curso
2023/2024. Todo ello conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras de estas subvenciones
fijadas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones otorgadas a los auxiliares de conversación con destino en centros
educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Esta
dotación de personas auxiliares de conversación tendrá lugar durante el periodo del curso escolar 2023/2024, desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 31 de mayo de 2024.
Segundo. Procedimiento de concesión.
La subvención convocada tiene carácter singular, dado que las personas beneficiarias son seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante un proceso de concurrencia competitiva y, revisten la forma de concesión directa por convocatoria abierta mediante
resolución de la Consejería competente en materia de educación, en aplicación del artículo 22.2
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por concurrir razones de interés público, social y económico, ya que se pretende contribuir
a la mejora de la calidad educativa en las enseñanzas no universitarias a través de la dotación
de personas auxiliares de conversación en centros educativos sostenidos con fondos públicos.
Tercero. Dotación y crédito presupuestario.
1. La dotación de esta subvención directa asciende a una cantidad mensual máxima, en concepto de ayuda para la dieta de manutención y alojamiento, por importe de 935,00 euros
por auxiliar de conversación, cuyo horario semanal será de 16 horas. Esta ayuda les será
abonada mensualmente, mediante transferencia, durante la vigencia del programa de auxiliares de conversación para el curso escolar 2023/2024, que no comenzará antes del 1 de