Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Junta Consultiva De Contratación Administrativa. (2023040356)
Decreto 266/2023, de 24 de octubre, por el que se modifica el Decreto 24/2023, de 29 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 208
Lunes 30 de octubre de 2023
54818
vacante o enfermedad, en la Jefatura de Servicio que tenga encomendada la gestión de la
contratación centralizada. Debido a lo expuesto anteriormente, al tener atribuida la mencionada Jefatura de Servicio la Secretaría del Pleno y de la Comisión Permanente, la delegación
de asistencia se hará en la Jefatura de Servicio que tenga encomendada la gestión de la contratación de la Consejería competente en materia de hacienda.
La tramitación de la presente disposición se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 23.h) y 90.2 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 24 de octubre de 2023,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 24/2023, de 29 de marzo, por el que se regula la
organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Uno. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 9, que quedan redactados con el siguiente
tenor, permaneciendo el resto de apartados inalterados:
“Artículo 9. Composición.
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa funcionará en Pleno y en Comisión
Permanente:
1. El Pleno de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa tendrá la siguiente composición:
a) Presidencia: se ostentará por la persona titular del órgano directivo competente en
materia de coordinación de la contratación.
b) Vocalías: su nombramiento se realizará por la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda, y corresponderán a:
— Una representación de las Intervenciones Delegadas de la Intervención General
de la Junta de Extremadura.
— Una representación del Cuerpo Superior de Letrados de la Abogacía General de la
Junta de Extremadura.
Lunes 30 de octubre de 2023
54818
vacante o enfermedad, en la Jefatura de Servicio que tenga encomendada la gestión de la
contratación centralizada. Debido a lo expuesto anteriormente, al tener atribuida la mencionada Jefatura de Servicio la Secretaría del Pleno y de la Comisión Permanente, la delegación
de asistencia se hará en la Jefatura de Servicio que tenga encomendada la gestión de la contratación de la Consejería competente en materia de hacienda.
La tramitación de la presente disposición se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 23.h) y 90.2 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 24 de octubre de 2023,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Decreto 24/2023, de 29 de marzo, por el que se regula la
organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Uno. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 9, que quedan redactados con el siguiente
tenor, permaneciendo el resto de apartados inalterados:
“Artículo 9. Composición.
La Junta Consultiva de Contratación Administrativa funcionará en Pleno y en Comisión
Permanente:
1. El Pleno de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa tendrá la siguiente composición:
a) Presidencia: se ostentará por la persona titular del órgano directivo competente en
materia de coordinación de la contratación.
b) Vocalías: su nombramiento se realizará por la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda, y corresponderán a:
— Una representación de las Intervenciones Delegadas de la Intervención General
de la Junta de Extremadura.
— Una representación del Cuerpo Superior de Letrados de la Abogacía General de la
Junta de Extremadura.