Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Junta Consultiva De Contratación Administrativa. (2023040356)
Decreto 266/2023, de 24 de octubre, por el que se modifica el Decreto 24/2023, de 29 de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 208
Lunes 30 de octubre de 2023
54817
Dirección General de Patrimonio y Contratación Centralizada de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública, queda adscrito a la Secretaría General de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital, especificando su disposición adicional cuarta, apartado 2,
que dicho puesto de trabajo pasa a denominarse Jefe/a de Servicio de Contratación.
Con la nueva estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se
suprime el Servicio de Planificación y Coordinación de la Contratación, que venía desempeñando las competencias en materia de coordinación de la contratación, siendo además la
persona titular de la Jefatura de dicho Servicio la que tenía atribuida la Secretaría de la Junta
Consultiva de Contratación Administrativa, pasando el Servicio de Contratación Centralizada
a denominarse Servicio de Coordinación y Contratación Centralizada, al que le corresponden
las funciones relativas a la contratación centralizada de la Junta de Extremadura, así como las
competencias en materia de coordinación de la contratación.
Los cambios realizados en la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública afectan a la composición y al funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, que vienen regulados en el artículo 9 del Decreto 24/2023, de 29
de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de
Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En este sentido, el
citado artículo 9 dispone que forma parte tanto del Pleno como de la Comisión Permanente de
este órgano consultivo, en calidad de vocal, la Jefatura de Servicio responsable de la contratación centralizada. Asimismo, se indica que la Secretaría de dicho órgano colegiado la ostenta
la persona titular de la Jefatura de Servicio responsable de la coordinación de la contratación.
Teniendo en cuenta que el Servicio de Coordinación y Contratación Centralizada reúne ambas
funciones, esto es, la coordinación de la contratación y la contratación centralizada, recaería
en la misma persona la condición de vocal y la de Secretaría, por lo se hace necesaria la modificación del artículo 9 del citado Decreto 24/2023, de 29 de marzo, para adecuarlo a la nueva
estructura orgánica, de manera que se modifica la composición del Pleno y de la Comisión
Permanente, para eliminar como vocal de dichos órganos a la Jefatura de Servicio responsable de la contratación centralizada, para posibilitar el ejercicio de las funciones de Secretaría.
Por lo que respecta a la composición de la Comisión Permanente, al suprimirse el puesto de
vocal que venía ostentado la Jefatura de Servicio responsable de la contratación centralizada,
con el objeto de evitar la pérdida de un miembro, se hace necesario incrementar al número
de cuatro, los vocales elegidos entre Jefaturas de Servicio o similar.
En cuanto a la delegación de asistencia regulada en el artículo 15 del Decreto 24/2023, de
29 de marzo, se hace necesario modificar el apartado primero del mencionado artículo, que
regula la delegación de asistencia de la persona titular de la Presidencia en caso de ausencia,
Lunes 30 de octubre de 2023
54817
Dirección General de Patrimonio y Contratación Centralizada de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública, queda adscrito a la Secretaría General de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital, especificando su disposición adicional cuarta, apartado 2,
que dicho puesto de trabajo pasa a denominarse Jefe/a de Servicio de Contratación.
Con la nueva estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se
suprime el Servicio de Planificación y Coordinación de la Contratación, que venía desempeñando las competencias en materia de coordinación de la contratación, siendo además la
persona titular de la Jefatura de dicho Servicio la que tenía atribuida la Secretaría de la Junta
Consultiva de Contratación Administrativa, pasando el Servicio de Contratación Centralizada
a denominarse Servicio de Coordinación y Contratación Centralizada, al que le corresponden
las funciones relativas a la contratación centralizada de la Junta de Extremadura, así como las
competencias en materia de coordinación de la contratación.
Los cambios realizados en la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública afectan a la composición y al funcionamiento de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, que vienen regulados en el artículo 9 del Decreto 24/2023, de 29
de marzo, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Junta Consultiva de
Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En este sentido, el
citado artículo 9 dispone que forma parte tanto del Pleno como de la Comisión Permanente de
este órgano consultivo, en calidad de vocal, la Jefatura de Servicio responsable de la contratación centralizada. Asimismo, se indica que la Secretaría de dicho órgano colegiado la ostenta
la persona titular de la Jefatura de Servicio responsable de la coordinación de la contratación.
Teniendo en cuenta que el Servicio de Coordinación y Contratación Centralizada reúne ambas
funciones, esto es, la coordinación de la contratación y la contratación centralizada, recaería
en la misma persona la condición de vocal y la de Secretaría, por lo se hace necesaria la modificación del artículo 9 del citado Decreto 24/2023, de 29 de marzo, para adecuarlo a la nueva
estructura orgánica, de manera que se modifica la composición del Pleno y de la Comisión
Permanente, para eliminar como vocal de dichos órganos a la Jefatura de Servicio responsable de la contratación centralizada, para posibilitar el ejercicio de las funciones de Secretaría.
Por lo que respecta a la composición de la Comisión Permanente, al suprimirse el puesto de
vocal que venía ostentado la Jefatura de Servicio responsable de la contratación centralizada,
con el objeto de evitar la pérdida de un miembro, se hace necesario incrementar al número
de cuatro, los vocales elegidos entre Jefaturas de Servicio o similar.
En cuanto a la delegación de asistencia regulada en el artículo 15 del Decreto 24/2023, de
29 de marzo, se hace necesario modificar el apartado primero del mencionado artículo, que
regula la delegación de asistencia de la persona titular de la Presidencia en caso de ausencia,