Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2023040348)
Decreto 260/2023, de 3 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 207
Viernes 27 de octubre de 2023

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Las asociaciones asegurarán la representatividad de todos los ganaderos y ganaderas asociadas. Para ello, la Junta Directiva de la asociación, en su composición,
tenderá a la paridad y habrá, al menos, un número de mujeres proporcional al
número de ganaderas asociadas. Si no se alcanzase la paridad, se deberá justificar
debidamente el motivo y el procedimiento a seguir para alcanzarla.


3. R
 elación de personal que trabaja en la asociación especificando tanto la titulación
como el trabajo que desempeñan.

4. Listado de ganaderos y ganaderas inscritas en el libro genealógico de la raza, incluyendo el sexo, nombre y NIF del ganadero o ganadera, debiendo recabar la correspondiente autorización para ello, código de explotación y número de animales
inscritos. Esta relación también será remitida por medios electrónicos a la autoridad
competente.


5. D
 ocumentación justificativa de los resultados conseguidos y mejora obtenida respecto al año anterior.



6. A
 ctividades a realizar en relación con la difusión y promoción.

7. Presupuesto detallado de las actividades correspondientes al ejercicio en que se
solicita la ayuda. Dicho presupuesto deberá ser detallado, desglosado por tipo de
actividad subvencionable y contendrá las cuantías con su base imponible, el IVA correspondiente y el importe total con el IVA incluido.


8. C
 ertificado de la Secretaría Técnica Ejecutiva de la asociación, en el que se indique
tanto los animales y explotaciones inscritos en los libros genealógicos como las ganaderías colaboradoras en el programa de cría. Estos datos deberán coincidir con los
existentes en ARCA, que es la base de datos del MAPA creada a tales efectos.

j. En caso de solicitar varias líneas de gastos subvencionables conforme al artículo 4 del
presente decreto, deberá presentar memorias independientes para cada una de ellas:
Gestión de libros genealógicos, Programas de Cría, Programas de difusión.
k. Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de la subvención, a tenor del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, marcando la
casilla correspondiente del anexo I de este decreto.
l. Acuerdo de la asociación para formular la solicitud de ayuda.