Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2023063517)
Resolución de 10 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria de las ayudas para la contratación de gerentes para la dinamización comercial correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 204
Martes 24 de octubre de 2023
53932
al modelo establecido en el anexo IV de la presente resolución, adjuntando la siguiente
documentación:
a) Cuenta justificativa del gasto realizado conforme el modelo establecido en el anexo V.
Incluirá una declaración de los gastos realizados con especificación de los perceptores y
los importes correspondientes, así como la forma y medios de pagos utilizados.
b) Los documentos justificativos de la ejecución de los gastos: copia de las nóminas, de los
recibos de la Seguridad Social abonados y del pago de la retención de IRPF.
c) Los documentos acreditativos del pago de los gastos ejecutados. No se admitirán los pagos en metálico. La acreditación del pago deberá realizarse necesariamente a través de
entidad financiera, adjuntando los justificantes de la transferencia o ingreso en cuenta.
d) Memoria de actuaciones del gerente. Se presentará una memoria, conforme el modelo
incluido en el anexo VI para cada una de las actuaciones desarrolladas.
e) E
n la primera justificación, además de la documentación anterior, deberá acreditarse
el cumplimiento de los requisitos del gerente establecidos en el resuelvo tercero de la
presente Resolución. Se aportará una copia del nombramiento o contrato celebrado y la
copia del título académico. En la solicitud de pago (anexo IV), el gerente podrá otorgar
autorización expresa para que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
pueda consultar de oficio el título a través del Servicio de Verificación y Consulta de
Datos de la Plataforma de Intermediación del Estado (SVD).
f) Si el ayuntamiento no dispone de cuenta activa en el Sistema de Terceros de la Junta
de Extremadura, deberá aportar “Alta de Terceros” debidamente cumplimentada. Para
tramitar dicha alta, el modelo se encuentra disponible en la siguiente dirección:
http://www.juntaex.es/filescms/ddgg002/uploaded_files/tesoreria/MODELO_PARA_ALTAS_DE_TERCEROS_Autorrellenable.pdf
Decimocuarto. Concurrencia de subvenciones.
1. Las subvenciones para la contratación de gerentes para la dinamización comercial serán
compatibles con cualquier otra clase de subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para la
misma finalidad. No obstante, lo anterior, el importe de las subvenciones en ningún caso
podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 18.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, debiéndose reintegrar el exceso obtenido.
2. Los Ayuntamientos solicitantes deberán comunicar la obtención de otras subvenciones que
financien las actividades para las que solicitan la ayuda, conforme a lo establecido en el
anexo III.
Martes 24 de octubre de 2023
53932
al modelo establecido en el anexo IV de la presente resolución, adjuntando la siguiente
documentación:
a) Cuenta justificativa del gasto realizado conforme el modelo establecido en el anexo V.
Incluirá una declaración de los gastos realizados con especificación de los perceptores y
los importes correspondientes, así como la forma y medios de pagos utilizados.
b) Los documentos justificativos de la ejecución de los gastos: copia de las nóminas, de los
recibos de la Seguridad Social abonados y del pago de la retención de IRPF.
c) Los documentos acreditativos del pago de los gastos ejecutados. No se admitirán los pagos en metálico. La acreditación del pago deberá realizarse necesariamente a través de
entidad financiera, adjuntando los justificantes de la transferencia o ingreso en cuenta.
d) Memoria de actuaciones del gerente. Se presentará una memoria, conforme el modelo
incluido en el anexo VI para cada una de las actuaciones desarrolladas.
e) E
n la primera justificación, además de la documentación anterior, deberá acreditarse
el cumplimiento de los requisitos del gerente establecidos en el resuelvo tercero de la
presente Resolución. Se aportará una copia del nombramiento o contrato celebrado y la
copia del título académico. En la solicitud de pago (anexo IV), el gerente podrá otorgar
autorización expresa para que la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
pueda consultar de oficio el título a través del Servicio de Verificación y Consulta de
Datos de la Plataforma de Intermediación del Estado (SVD).
f) Si el ayuntamiento no dispone de cuenta activa en el Sistema de Terceros de la Junta
de Extremadura, deberá aportar “Alta de Terceros” debidamente cumplimentada. Para
tramitar dicha alta, el modelo se encuentra disponible en la siguiente dirección:
http://www.juntaex.es/filescms/ddgg002/uploaded_files/tesoreria/MODELO_PARA_ALTAS_DE_TERCEROS_Autorrellenable.pdf
Decimocuarto. Concurrencia de subvenciones.
1. Las subvenciones para la contratación de gerentes para la dinamización comercial serán
compatibles con cualquier otra clase de subvenciones, ayudas o ingresos obtenidos para la
misma finalidad. No obstante, lo anterior, el importe de las subvenciones en ningún caso
podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 18.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, debiéndose reintegrar el exceso obtenido.
2. Los Ayuntamientos solicitantes deberán comunicar la obtención de otras subvenciones que
financien las actividades para las que solicitan la ayuda, conforme a lo establecido en el
anexo III.