Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sanidad Vegetal. Subvenciones. (2023050187)
Orden de 17 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 204
Martes 24 de octubre de 2023
53812
de Fincas Agropecuarias Ecológicas” de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se
asignarán 10 puntos.
g) Por realización de trabajos de investigación, ensayos, puesta a punto o implantación de
nuevos modelos y técnicas para la gestión integrada de plagas, siempre que se ajusten
a los requisitos establecidos en el anexo IX de las presentes bases reguladoras, 10 puntos. En el caso en que de forma inequívoca la acción en sí misma implique un aumento
de la fauna auxiliar y/o biodiversidad se asignarán 5 puntos adicionales.
Los empates entre dos o más solicitudes se dirimirán, en primer lugar, conforme a la puntuación ponderada con dos decimales obtenida con el criterio de número total de explotaciones agrícolas integrantes destinatarias del asesoramiento y, en segundo lugar, conforme
a la puntuación ponderada con dos decimales obtenida con el criterio de superficie total
objeto de asesoramiento.
4. Respecto a las agrupaciones con más de una persona técnico asesora para el mismo grupo
de cultivos, se realizará una valoración por separado para cada profesional, a cuyo efecto
se considerará la superficie e integrantes bajo su asesoramiento. En estos supuestos se podrán solicitar y obtener tantas subvenciones como personas técnicas contratadas, siempre
que se cumplan los demás requisitos de esta orden.
5. P
ara la prelación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración, que emitirá
informe vinculante para el órgano instructor en el que se concrete el resultado de la puntuación total asignada a cada solicitud. Esta Comisión de Valoración estará constituida por
una presidencia y tres vocales designados por la persona titular de la Dirección General
competente en materia de sanidad vegetal entre funcionarias y funcionarios técnicos del
Servicio que tenga asignadas tales funciones, actuando una de estas personas como secretario o secretaria. Asimismo, la persona titular de dicha Dirección General designará
suplentes para cada puesto integrante del órgano colegiado. En cumplimiento de la Ley
8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura, la Comisión de Valoración será paritaria, tanto en titularidad como
suplencias.
La composición definitiva de la Comisión de Valoración se concretará en cada convocatoria
de estas ayudas.
6. A
efectos de que la Comisión de Valoración pueda puntuar adecuadamente los trabajos a
los que se refiere el apartado 3.g) de este mismo artículo, se constituirá un Equipo de Evaluación que informará sobre si los ensayos o estudios, propuestos por las agrupaciones en
el plazo regulado en el artículo 9.q) de esta orden, se ajustan a los requisitos establecidos
Martes 24 de octubre de 2023
53812
de Fincas Agropecuarias Ecológicas” de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se
asignarán 10 puntos.
g) Por realización de trabajos de investigación, ensayos, puesta a punto o implantación de
nuevos modelos y técnicas para la gestión integrada de plagas, siempre que se ajusten
a los requisitos establecidos en el anexo IX de las presentes bases reguladoras, 10 puntos. En el caso en que de forma inequívoca la acción en sí misma implique un aumento
de la fauna auxiliar y/o biodiversidad se asignarán 5 puntos adicionales.
Los empates entre dos o más solicitudes se dirimirán, en primer lugar, conforme a la puntuación ponderada con dos decimales obtenida con el criterio de número total de explotaciones agrícolas integrantes destinatarias del asesoramiento y, en segundo lugar, conforme
a la puntuación ponderada con dos decimales obtenida con el criterio de superficie total
objeto de asesoramiento.
4. Respecto a las agrupaciones con más de una persona técnico asesora para el mismo grupo
de cultivos, se realizará una valoración por separado para cada profesional, a cuyo efecto
se considerará la superficie e integrantes bajo su asesoramiento. En estos supuestos se podrán solicitar y obtener tantas subvenciones como personas técnicas contratadas, siempre
que se cumplan los demás requisitos de esta orden.
5. P
ara la prelación de las solicitudes se constituirá una Comisión de Valoración, que emitirá
informe vinculante para el órgano instructor en el que se concrete el resultado de la puntuación total asignada a cada solicitud. Esta Comisión de Valoración estará constituida por
una presidencia y tres vocales designados por la persona titular de la Dirección General
competente en materia de sanidad vegetal entre funcionarias y funcionarios técnicos del
Servicio que tenga asignadas tales funciones, actuando una de estas personas como secretario o secretaria. Asimismo, la persona titular de dicha Dirección General designará
suplentes para cada puesto integrante del órgano colegiado. En cumplimiento de la Ley
8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de
género en Extremadura, la Comisión de Valoración será paritaria, tanto en titularidad como
suplencias.
La composición definitiva de la Comisión de Valoración se concretará en cada convocatoria
de estas ayudas.
6. A
efectos de que la Comisión de Valoración pueda puntuar adecuadamente los trabajos a
los que se refiere el apartado 3.g) de este mismo artículo, se constituirá un Equipo de Evaluación que informará sobre si los ensayos o estudios, propuestos por las agrupaciones en
el plazo regulado en el artículo 9.q) de esta orden, se ajustan a los requisitos establecidos