Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2023063469)
Resolución de 6 de octubre de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2023/2024.
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NÚMERO 203

53711

Lunes 23 de octubre de 2023

El extracto de esta convocatoria a que se refiere el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
junto con la presente resolución, remitiéndose a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a efectos de su oportuna publicidad.
2. Las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en
el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal Electrónico de Transparencia de la Junta
de Extremadura, conforme al artículo 11, de la Ley 4/2013, de 21 de mayo de Gobierno
Abierto de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, con expresión del programa de ayudas, el crédito presupuestario al que se
imputan, beneficiario, cantidad concedida y finalidad de la subvención, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. P
 or otra parte, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se remitirán a la Base de Datos Nacional
de Subvenciones, las subvenciones concedidas con indicación según cada caso, de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad
concedida y objetivo o finalidad de la subvención con expresión de los distintos programas
o proyectos subvencionados.
Decimonoveno. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación y la del
extracto al que se refiere el artículo 20.8.a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones en el Diario Oficial de Extremadura.
Vigésimo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán las asociaciones interesadas interponer recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante la Consejera
de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes contados desde el día
siguiente a su publicación en el DOE, siendo competente para su resolución esta última, en
relación con el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 6 de octubre de 2023.
El Director General de Formación Profesional,
Innovación e Inclusión Educativa,
(PD, 9 de agosto de 2023,
DOE n.º 156, de 14 de agosto),
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN