Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023063550)
Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 4 de septiembre de 2023, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del "II Convenio Colectivo de la Fundación Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón" en la que se recogen los acuerdos para proceder a la modificación de los artículos 26 y 51 del citado convenio.
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NÚMERO 202

53525

Viernes 20 de octubre de 2023

La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los supuestos de parto, adopción o acogimiento múltiple.
c) Quien, por razones de guarda legal, tenga a su cuidado algún menor de 13 años, o una
persona con discapacidad física o psíquica que no desempeñe otra actividad retribuida,
tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de dicha
reducción.
d) Las personas trabajadoras víctimas de violencia de género, siempre que tengan esa
condición legalmente reconocida, tendrán derecho a los permisos que resulten necesarios para asistir a los servicios sociales, policiales o de salud, previa acreditación de su
necesidad.
Artículo 51. Jubilación.
La jubilación de toda persona trabajadora de la Fundación se producirá previo el cumplimiento
de todos y cada uno de los requisitos establecidos en la legislación vigente en cada momento.
No obstante, si la persona en cuestión quisiera continuar prestando sus servicios, deberá comunicarlo a la Dirección de la Fundación con una antelación mínima de tres meses a la fecha
del cumplimiento de los requisitos establecidos.
Los trabajadores y las trabajadoras podrán jubilarse voluntariamente al cumplir la edad, en la
forma y condiciones establecidas en la legislación vigente en cada momento.
Las personas trabajadoras de la Fundación podrán acogerse a la jubilación parcial a partir de
la edad establecida en la legislación, previa solicitud con tres meses de antelación y cumpliendo con los requisitos exigidos en la ley.
Sin otros asuntos que tratar, se levanta la sesión.
Cáceres, 4 de septiembre de 2023.

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