Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2023050186)
Orden de 16 de octubre de 2023 por la que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 202

53341

Viernes 20 de octubre de 2023

NORMAS

GRAVEDAD

ALCANCE

PERSISTENCIA

A

A

A

A

B

A

A:
 Deficiencias
leves
en
registros.
 Hasta 2 animales o ≤ 3% de
los animales muestreados.
R 5.19. Es posible identificar a B:
graves
en
quienes han suministrado a la  Deficiencias
registros o en su caso, el
explotación un pienso, un animal
registro no se ha mantenido
destinado a la producción de
durante el plazo reglamentario
alimentos, un alimento o cualquier
(a excepción de que en años
sustancia destinada a ser incorporada
anteriores
ya
se
haya
a un pienso o a un alimento.
penalizado por la falta de
(cuaderno armonizado MAPA /
conservación).
comunidades autónomas o similar).
 > al 3% y ≤ al 5% de los
animales muestreados.
C:
 Falta de registros.
 > al 5% de los animales
muestreados.

A:
 Deficiencias
leves
en
registros.
 Hasta 2 animales o ≤ 3% de
los animales muestreados.

R 5.20. Es posible identificar a
quienes
la
explotación
ha
suministrado
sus
productos.
(cuaderno armonizado MAPA /
comunidades autónomas o similar).

B:
 Deficiencias
graves
en
registros o en su caso, el
registro no se ha mantenido
durante el plazo reglamentario
(a excepción de que en años
anteriores
ya
se
haya
penalizado por la falta de
conservación).
 > al 3% y ≤ al 5% de los
animales muestreados.
C:
 Falta de registros.
 > al 5% de los animales
muestreados.

R 5.21. El agricultor o agricultora
declara que en caso de considerar
que los alimentos o piensos
producidos pueden ser nocivos para
la salud de las personas o no cumplir
con los requisitos de inocuidad,
respectivamente,
informaría
al
siguiente operador de la cadena
comercial para proceder a su retirada
del mercado e informaría a las
autoridades
competentes
y
colaboraría con ellas.

B

SC/CI*