Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063516)
Resolución de 9 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Reforma de edificio de producción y formación audiovisual para incorporar albergue", cuya promotora es El Auriga Producciones, SL, en el término municipal de Hervás. Expte.: IA23/0449.
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NÚMERO 200
Miércoles 18 de octubre de 2023
52985
berán contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al
cumplimiento de la normativa sectorial vigente en dichas materias.
— Puesto que el acceso se hace por la carretera CC-82, se deberá disponer de informe
favorable de la actuación por parte de la Administración titular de la Carretera.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento de Hervás, las competencias en estas materias.
— En todo caso, si como consecuencia del desarrollo de la actividad se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación de las aguas
será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación del medio.
— Para retranqueos, reposición o instalación de cerramientos, se deberá atender a lo
dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— En cuanto al abastecimiento de agua la promotora indica que se realizará directamente de la red municipal, por lo que se deberá tener la autorización para dicha
conexión por parte del Ayuntamiento (u órgano competente).
— Se deberá evitar la contaminación al dominio público hidráulico, impidiendo vertidos
incontrolados o accidentales.
— En caso de ajardinamientos deberá realizarse con especies autóctonas, de acuerdo a
lo establecido en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el
Catálogo español de especies exóticas invasoras.
— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
— Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de
Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007,
de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre,
del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones
acústicas.
Miércoles 18 de octubre de 2023
52985
berán contar con las autorizaciones y permisos de ocupación pertinentes, en base al
cumplimiento de la normativa sectorial vigente en dichas materias.
— Puesto que el acceso se hace por la carretera CC-82, se deberá disponer de informe
favorable de la actuación por parte de la Administración titular de la Carretera.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atenderá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento de Hervás, las competencias en estas materias.
— En todo caso, si como consecuencia del desarrollo de la actividad se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación de las aguas
será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación del medio.
— Para retranqueos, reposición o instalación de cerramientos, se deberá atender a lo
dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— En cuanto al abastecimiento de agua la promotora indica que se realizará directamente de la red municipal, por lo que se deberá tener la autorización para dicha
conexión por parte del Ayuntamiento (u órgano competente).
— Se deberá evitar la contaminación al dominio público hidráulico, impidiendo vertidos
incontrolados o accidentales.
— En caso de ajardinamientos deberá realizarse con especies autóctonas, de acuerdo a
lo establecido en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el
Catálogo español de especies exóticas invasoras.
— Cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
— Se cumplirá con la normativa de ruidos, el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de
Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de Extremadura y Real Decreto 1367/2007,
de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre,
del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones
acústicas.