Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Bachillerato. Titulaciones. (2023063542)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Consejera, por la que se convocan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2023-2024.
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NÚMERO 200
Miércoles 18 de octubre de 2023

53064

RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2023, de la Consejera, por la que se
convocan las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas
mayores de veinte años en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el
curso 2023-2024. (2023063542)
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en su artículo 66.4, la posibilidad de establecer conexiones entre los distintos tipos de enseñanzas, así como la posibilidad
de validar los aprendizajes adquiridos mediante vías alternativas a las de los estudios reglados
y, en este sentido, su artículo 69.4, señala que corresponde a las Administraciones educativas
organizar periódicamente pruebas que sirvan para la obtención directa del título de Bachiller.
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de
Educación de Extremadura, en el artículo 121 establece: “Todas las personas tienen derecho
al aprendizaje a lo largo de la vida. Para hacer efectivo el ejercicio de este derecho, la Administración autonómica promoverá ofertas de aprendizajes flexibles que permitan la conciliación de la vida personal, laboral o familiar con la formación”.
El Real Decreto 243/2022, de 25 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato, en su disposición adicional tercera, dispone que corresponderá a las administraciones educativas la organización de pruebas para que las personas
mayores de veinte años puedan obtener directamente el título de Bachiller, siempre que demuestren haber alcanzado los objetivos y competencias del Bachillerato. Dichas pruebas, que
deberán contar con las medidas de accesibilidad universal y las adaptaciones que precise todo
el alumnado con necesidades educativas especiales, se organizarán de manera diferenciada
según las modalidades del Bachillerato.
El precitado real decreto, establece, en la disposición transitoria primera que las pruebas que
hasta el inicio del curso 2023/2024 realicen las administraciones educativas para la obtención
directa del título de Bachiller se organizarán basándose en la configuración curricular desarrollada a partir del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el
currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato.
En correlación y desarrollo de la normativa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto 109/2022, de 22 de agosto, por el que se establecen la ordenación y el
currículo del Bachillerato para la Comunidad Autónoma de Extremadura, DOE núm. 164, de 25
de agosto, recoge en su disposición adicional segunda en su apartado sexto la regulación contenida en la referida disposición adicional tercera del Real Decreto 243/2022, de 25 de abril.
Asimismo, la disposición transitoria primera del citado decreto autonómico indica que, las
pruebas que hasta el inicio del curso 2023/2024 realicen las administraciones educativas