Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Parque Nacional De Monfragüe. (2023063562)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Consejera, por la que se aprueba el Programa de acción selectiva de ungulados en el Parque Nacional de Monfragüe 2023-2024.
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NÚMERO 200
Miércoles 18 de octubre de 2023
53006
2.3.2.3.- CAPTURAS DE MUFLÓN Y GAMO.
Debido a la obligación legal recogida en el punto 2.2. Objetivos del Plan y en el punto
6.1.1.6 para la conservación de la fauna, apartado f.5, del Decreto 13/2014, de 18 de febrero,
por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Monfragüe, de
eliminar muflones y gamos, se podrán realizar las acciones de control selectivas que se
estimen necesarias con el fin de conseguir el objetivo marcado, de acuerdo con el régimen y
a los métodos selectivos establecidos en el Plan de Acción.
3.- SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA.
En función de las estimas de densidad de las poblaciones, el impacto de estas sobre la
vegetación leñosa y la situación de la tuberculosis en el Parque, el control de poblaciones de
ungulados en el Parque Nacional de Monfragüe será evaluado con carácter trimestral, a través
de los denominados informes de seguimiento de control poblacional.
De tal forma que en la primera quincena del mes siguiente en el que finalice cada uno
de los trimestres a evaluar, por parte de la Dirección del Parque Nacional de Monfragüe, se
emitirá un informe en el que se detallen las labores llevadas a cabo para controlar las
poblaciones de ungulados distinguiendo por periodo y acumuladas; así como los resultados
obtenidos.
Estos informes, incluirán, además, entre otros aspectos que se estimen oportunos, un
apartado de conclusiones en el que se indique si la senda de cara al cumplimiento de los
objetivos establecidos en el Programa de Acción selectiva en curso se va cumpliendo; o si, por
el contrario, se aprecian desviaciones, caso este último en el que deberán proponerse medidas
para corregirlas. Estos informes, serán remitidos a la Dirección General con competencias en
Conservación de la Naturaleza, y a la Presidencia del Patronato de Monfragüe.
Anualmente se procederá a recopilar todos los datos recogidos en las fichas tipo los
controles (Anexo I), redactándose un informe final donde se expondrá un análisis de los
resultados de la aplicación del Programa.
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Miércoles 18 de octubre de 2023
53006
2.3.2.3.- CAPTURAS DE MUFLÓN Y GAMO.
Debido a la obligación legal recogida en el punto 2.2. Objetivos del Plan y en el punto
6.1.1.6 para la conservación de la fauna, apartado f.5, del Decreto 13/2014, de 18 de febrero,
por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de Monfragüe, de
eliminar muflones y gamos, se podrán realizar las acciones de control selectivas que se
estimen necesarias con el fin de conseguir el objetivo marcado, de acuerdo con el régimen y
a los métodos selectivos establecidos en el Plan de Acción.
3.- SEGUIMIENTO DEL PROGRAMA.
En función de las estimas de densidad de las poblaciones, el impacto de estas sobre la
vegetación leñosa y la situación de la tuberculosis en el Parque, el control de poblaciones de
ungulados en el Parque Nacional de Monfragüe será evaluado con carácter trimestral, a través
de los denominados informes de seguimiento de control poblacional.
De tal forma que en la primera quincena del mes siguiente en el que finalice cada uno
de los trimestres a evaluar, por parte de la Dirección del Parque Nacional de Monfragüe, se
emitirá un informe en el que se detallen las labores llevadas a cabo para controlar las
poblaciones de ungulados distinguiendo por periodo y acumuladas; así como los resultados
obtenidos.
Estos informes, incluirán, además, entre otros aspectos que se estimen oportunos, un
apartado de conclusiones en el que se indique si la senda de cara al cumplimiento de los
objetivos establecidos en el Programa de Acción selectiva en curso se va cumpliendo; o si, por
el contrario, se aprecian desviaciones, caso este último en el que deberán proponerse medidas
para corregirlas. Estos informes, serán remitidos a la Dirección General con competencias en
Conservación de la Naturaleza, y a la Presidencia del Patronato de Monfragüe.
Anualmente se procederá a recopilar todos los datos recogidos en las fichas tipo los
controles (Anexo I), redactándose un informe final donde se expondrá un análisis de los
resultados de la aplicación del Programa.
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