Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2023063471)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023.
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NÚMERO 199
Martes 17 de octubre de 2023
52832
mediante comparecencia en la sede electrónica de la Junta de Extremadura. Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el presente apartado y
únicamente a efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso en la dirección de correo
electrónico que conste en la solicitud de ayuda, mediante el cual se le indicará que se ha
producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado
a tal efecto en la sede electrónica,
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, de la Junta de Extremadura.
5. L
a resolución será notificada a los interesados por medio de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 10.4 del Decreto 188/2018, de 13
de noviembre, produciendo la publicación los mismos efectos que la notificación individual,
de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; e, indicando, además, que la misma no
pone fin a la vía administrativa, y que contra ella cabe interponer recurso de alzada ante
la Secretaria General, órgano que dicta la resolución, o directamente ante la Consejera
de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolverlo, en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados
puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según el artículo 88.3 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
6. L
a resolución, además de contener la solicitante o relación de solicitantes a las que se les
concede la subvención, el programa subvencionado, las obligaciones o condiciones impuestas a la entidad beneficiaria y las menciones de identificación y publicidad, hará constar, en
su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de solicitudes.
Asimismo, la resolución de concesión podrá incluir una relación ordenada de todos los programas de interés general solicitados que, cumpliendo las entidades solicitantes con los
requisitos y demás condiciones establecidas para obtener la condición de beneficiaria, no
hayan sido estimados por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada uno de ellos en función de los criterios
objetivos de otorgamiento de la subvención previstos.
Octavo. Composición de la comisión de valoración.
1. Para la valoración de las solicitudes se constituirá una comisión de valoración que emitirá un
informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada conforme a los criterios
objetivos de otorgamiento de la subvención previstos en la presente resolución, con la siguiente composición, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 188/2018, de 13 de noviembre:
Martes 17 de octubre de 2023
52832
mediante comparecencia en la sede electrónica de la Junta de Extremadura. Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el presente apartado y
únicamente a efectos informativos, el solicitante recibirá un aviso en la dirección de correo
electrónico que conste en la solicitud de ayuda, mediante el cual se le indicará que se ha
producido una notificación a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado
a tal efecto en la sede electrónica,
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf, de la Junta de Extremadura.
5. L
a resolución será notificada a los interesados por medio de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 10.4 del Decreto 188/2018, de 13
de noviembre, produciendo la publicación los mismos efectos que la notificación individual,
de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; e, indicando, además, que la misma no
pone fin a la vía administrativa, y que contra ella cabe interponer recurso de alzada ante
la Secretaria General, órgano que dicta la resolución, o directamente ante la Consejera
de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolverlo, en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en
los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados
puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno, según el artículo 88.3 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
6. L
a resolución, además de contener la solicitante o relación de solicitantes a las que se les
concede la subvención, el programa subvencionado, las obligaciones o condiciones impuestas a la entidad beneficiaria y las menciones de identificación y publicidad, hará constar, en
su caso, de manera expresa, la desestimación del resto de solicitudes.
Asimismo, la resolución de concesión podrá incluir una relación ordenada de todos los programas de interés general solicitados que, cumpliendo las entidades solicitantes con los
requisitos y demás condiciones establecidas para obtener la condición de beneficiaria, no
hayan sido estimados por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada uno de ellos en función de los criterios
objetivos de otorgamiento de la subvención previstos.
Octavo. Composición de la comisión de valoración.
1. Para la valoración de las solicitudes se constituirá una comisión de valoración que emitirá un
informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada conforme a los criterios
objetivos de otorgamiento de la subvención previstos en la presente resolución, con la siguiente composición, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 188/2018, de 13 de noviembre: