Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Acción Social. Subvenciones. (2023063471)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, 2023.
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NÚMERO 199
52839
Martes 17 de octubre de 2023
Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), a tenor de lo previsto
en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en
el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es),
según se establece en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
de Extremadura.
Duodécimo. Eficacia.
La presente convocatoria producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación y del
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaria General, órgano que dicta esta resolución, o directamente
ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolverlo, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el
Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier
otro recurso que estimen oportuno, según el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 25 de septiembre de 2023.
La Secretaria General,
M.ª DEL PILAR NOGALES PEROGIL
52839
Martes 17 de octubre de 2023
Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), a tenor de lo previsto
en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en
el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es),
según se establece en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto
de Extremadura.
Duodécimo. Eficacia.
La presente convocatoria producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación y del
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaria General, órgano que dicta esta resolución, o directamente
ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, órgano competente para resolverlo, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el
Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier
otro recurso que estimen oportuno, según el artículo 88.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 25 de septiembre de 2023.
La Secretaria General,
M.ª DEL PILAR NOGALES PEROGIL