Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Emigración. Ayudas. (2023063474)
Resolución de 13 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda ampliar el plazo de justificación de la convocatoria de ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 199
Martes 17 de octubre de 2023

III

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OTRAS RESOLUCIONES
CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2023, de la Secretaría General, por
la que se acuerda ampliar el plazo de justificación de la convocatoria de
ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades
extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2023. (2023063474)
Vista la propuesta del Director General de Acción Exterior, de 12 de septiembre de 2023, relativa a la fijación de un nuevo término para la justificación las ayudas destinadas a financiar
gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones,
para el ejercicio 2023 en base a los siguientes,
HECHOS:
Primero. En el DOE núm. 90, de 12 de mayo de 2023, se publicó la Resolución de 2 de mayo
de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar
gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones,
para el ejercicio 2023 (en adelante “la Convocatoria”), conforme al Decreto del Presidente
15/2021, de 10 de marzo, que establece las bases reguladoras de las ayudas destinadas a
financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo).
Segundo. Por Resolución de 12 de septiembre de 2023, se conceden estas ayudas fijándose
como fecha fin de justificación el 15 de septiembre de 2023, de conformidad con el resuelvo
decimocuarto de dicha Convocatoria.
Tercero. Con fecha 12 de septiembre de 2023, se adopta propuesta motivada de la Dirección
General de Acción Exterior en la que se expone que con el fin de que las personas beneficiarias de las mismas cuenten con un periodo razonable para presentar las justificaciones,
resulta procedente ampliar el plazo previsto en la Convocatoria fijándose como nueva fecha
para dicha justificación el 31 de octubre de 2023.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. De conformidad con el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el Decreto de la Presidenta 16/2023,
de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías
que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Decreto