Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Delegación De Competencias. Delegación De Firma. (2023063423)
Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos.
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NÚMERO 194
Lunes 9 de octubre de 2023

II

52207

AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que
se delega el ejercicio de determinadas competencias, así como la firma de
resoluciones y actos. (2023063423)
Mediante Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, se modifican la denominación y las
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
En virtud de este decreto, se crea la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social y
se le atribuyen las competencias en materia de asistencia política y técnica a la Presidencia
de la Junta de Extremadura, así como su apoyo directo y su asesoramiento general, salvo lo
dispuesto en el artículo 3 del mismo.
Asimismo, la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social ejercerá las competencias en
materia de relaciones con la Asamblea de Extremadura, Secretaría del Consejo de Gobierno,
acción exterior, emigración y retorno, cooperación internacional al desarrollo, interior, emergencia y protección civil, Administración Local; el ejercicio de las competencias en materia de
Servicios Jurídicos y las de relaciones con la ciudadanía y con las entidades locales territoriales y no territoriales y de coordinación del diálogo con los agentes económicos y sociales.
A través del Decreto 77/2023, de 21 de julio, se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, creando los órganos directivos
de la Presidencia de la Junta y de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social.
Por su parte, el Decreto 230/2023, de 12 de septiembre, establece la estructura orgánica de
la Presidencia de la Junta de Extremadura. El artículo 2 de dicho decreto establece que “En el
ejercicio de estas competencias, la Presidencia contará con la asistencia técnica y administrativa de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social. A tal
efecto, corresponde a ésta las atribuciones conferidas con carácter general en el artículo 58
de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, así como todos aquellos asuntos cuyo conocimiento no
venga atribuido a otro órgano directivo, respecto de los órganos incluidos en la estructura de
la Presidencia de la Junta de Extremadura”.