Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Sentencias. Ejecución. (2023063324)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 159/2023, emitida por el Juzgado de lo Social n.º 2 de Badajoz, en el seno del procedimiento ordinario n.º 390/2022.
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NÚMERO 192
Jueves 5 de octubre de 2023
52003
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección del Centro de
Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), por
la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 159/2023, emitida por el
Juzgado de lo Social n.º 2 de Badajoz, en el seno del procedimiento ordinario
n.º 390/2022. (2023063324)
Vista la sentencia n.º 159/2023, de fecha 9 de mayo, dictada por el Juzgado de lo Social n.º
2 de Badajoz, en los autos de procedimiento ordinario n.º 390/2022, seguidos a instancia de
D. Félix Vega Luna contra el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) sobre reconocimiento de la condición de personal laboral indefinido no fijo, se
procede a la ejecución de la misma con base en los siguientes,
I. ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Que de conformidad con la declaración de hechos probados contenida en la citada
sentencia n.º 159/2023, el demandante D. Félix Vega Luna, celebró el día 11 de noviembre de
2014 con el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX)
un contrato laboral de interinidad por vacante para cubrir el puesto de trabajo con número
de código 1020399, en la categoría profesional Oficial de Segunda Agrícola de la relación de
puestos de trabajo de personal laboral en la Finca La Orden - Valdesequera, de la entonces
Consejería de Economía, Competitividad e Innovación.
Segundo. El actor interpone demanda ante el Juzgado de lo Social n.º 2 de Badajoz, solicitando que su relación laboral sea declarada de carácter indefinido no fijo, recayendo sentencia
n.º 159/2023 cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
“Que estimando la demanda interpuesta por don Félix Vega Luna, contra la Consejería de
Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, declaro que la relación que
une a las partes tiene carácter indefinido no fijo desde el 11 de noviembre de 2014”.
Tercero. La sentencia referida ha alcanzado firmeza, de conformidad con el auto del Juzgado
n.º 2 de Badajoz de fecha 14 de septiembre de 2023.
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su cuerpo
de letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, en su artículo 40.1 establece que
“Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional
en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte
competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado”.
Jueves 5 de octubre de 2023
52003
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección del Centro de
Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX), por
la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 159/2023, emitida por el
Juzgado de lo Social n.º 2 de Badajoz, en el seno del procedimiento ordinario
n.º 390/2022. (2023063324)
Vista la sentencia n.º 159/2023, de fecha 9 de mayo, dictada por el Juzgado de lo Social n.º
2 de Badajoz, en los autos de procedimiento ordinario n.º 390/2022, seguidos a instancia de
D. Félix Vega Luna contra el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX) sobre reconocimiento de la condición de personal laboral indefinido no fijo, se
procede a la ejecución de la misma con base en los siguientes,
I. ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Que de conformidad con la declaración de hechos probados contenida en la citada
sentencia n.º 159/2023, el demandante D. Félix Vega Luna, celebró el día 11 de noviembre de
2014 con el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX)
un contrato laboral de interinidad por vacante para cubrir el puesto de trabajo con número
de código 1020399, en la categoría profesional Oficial de Segunda Agrícola de la relación de
puestos de trabajo de personal laboral en la Finca La Orden - Valdesequera, de la entonces
Consejería de Economía, Competitividad e Innovación.
Segundo. El actor interpone demanda ante el Juzgado de lo Social n.º 2 de Badajoz, solicitando que su relación laboral sea declarada de carácter indefinido no fijo, recayendo sentencia
n.º 159/2023 cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
“Que estimando la demanda interpuesta por don Félix Vega Luna, contra la Consejería de
Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, declaro que la relación que
une a las partes tiene carácter indefinido no fijo desde el 11 de noviembre de 2014”.
Tercero. La sentencia referida ha alcanzado firmeza, de conformidad con el auto del Juzgado
n.º 2 de Badajoz de fecha 14 de septiembre de 2023.
II. FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su cuerpo
de letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, en su artículo 40.1 establece que
“Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional
en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte
competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado”.