Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Sentencias. Ejecución. (2023063318)
Resolución de 22 de septiembre de 2023, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se procede a la ejecución y se dispone la publicación de la sentencia n.º 312, de fecha 23 de junio de 2023, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo tramitado mediante el procedimiento ordinario n.º 589/2022.
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NÚMERO 191

51929

Miércoles 4 de octubre de 2023

RESUELVO:
Primero. Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 312, de fecha 23 de junio de 2023,
dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo tramitado mediante procedimiento ordinario n.º 589/2022 interpuesto por la mercantil Juan Manuel Martín Suárez, llevando a puro
y debido efecto el fallo de este, cuya parte dispositiva dice:
“Estimar el recurso interpuesto por la procuradora doña Guadalupe Candida Riesco Collado
en nombre y representación de don Juan Manuel Martín Suárez con la asistencia letrada
de don José Alberto Pérez Álvarez contra la Resolución, de fecha 11 de agosto de 2022,
dictada por el Director General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, en el
expediente administrativo TRANS-AM-01- 2021/1ª “Acuerdo Marco del servicio de transporte escolar a centros docentes dependiente de la Consejería de Educación y Empleo”
por la que se declara desierta la Ruta BA-238 (incluida en el anexo II) a la que licitó el
recurrente, por falta de cumplimiento de los requisitos técnicos recogidos en el pliego de
prescripciones técnicas, posteriormente confirmada en reposición por Resolución de fecha
13/10/2022, que declaramos disconforme a derecho, condenando a la Administración a
admitir al mencionado en el expediente de la indicada ruta, continuando con él como único
licitador, procediendo, en su caso, a su adjudicación con todos los efectos inherentes a ella.
Las costas se imponen a la Administración con el límite establecido”.
Segundo. Realizar todas las actuaciones necesarias para su correcta y completa ejecución.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 22 de septiembre de 2023.
El Director General del Ente Público
Extremeño de Servicios Educativos
Complementarios,
EDUARDO VILLAVERDE TORRECILLA