Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063305)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la fábrica de aceite de oliva, promovida por Molino de Vegas Altas Sociedad Cooperativa Especial, en Gargáligas, término municipal de Don Benito.
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NÚMERO 190
Martes 3 de octubre de 2023
51735
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la
fábrica de aceite de oliva, promovida por Molino de Vegas Altas Sociedad
Cooperativa Especial, en Gargáligas, término municipal de Don Benito.
(2023063305)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 30 de junio de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de la autorización ambiental unificada (AAU) de la fábrica de aceite
de oliva, promovida por Molino de Vegas Altas Sociedad Cooperativa Especial, en Gargáligas,
término municipal de Don Benito (Badajoz).
Segundo. El proyecto presentado en la presente solicitud de AAU contempla las parcelas
con referencia catastral: 0862601TJ7206S0001YK; 0862602TJ7206S0001GK; 0862615TJ7206S0001DK; y 0862614TJ7206S0001RK; aprovechando la existencia de una nave sin uso
construida en una de las parcelas. Las parcelas donde se ubicará la actividad productiva
tienen carácter urbano y su uso es industrial. Las coordenadas UTM referidas a la Zona 29
ETRS89 son las siguientes: X: 790059.52 Y: 4328136.32.
Tercero. Esta actividad está incluida en la categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, relativa a instalaciones para el tratamiento y transformación, diferente del
mero envasado, de la siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la
fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea fresca,
congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600
toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90
días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día.
Cuarto. Mediante Anuncio de fecha de 6 de julio de 2023, publicado en el DOE n.º 135, de 14
de julio, el órgano ambiental dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, comunicó al público en general que la solicitud de la autorización ambiental unificada de
la fábrica de aceite de oliva, promovida por Molino de Vegas Altas Sociedad Cooperativa Especial, en Gargáligas, podría ser examinada, durante el plazo de veinte días hábiles, a contar
desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, sin
que se haya recibido alegación alguna.
Quinto. Mediante escrito de 7 de julio de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad (DGS)
remitió al Ayuntamiento de Gargáligas y de Don Benito copia de la solicitud de AAU con ob-
Martes 3 de octubre de 2023
51735
RESOLUCIÓN de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada a la
fábrica de aceite de oliva, promovida por Molino de Vegas Altas Sociedad
Cooperativa Especial, en Gargáligas, término municipal de Don Benito.
(2023063305)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 30 de junio de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de la autorización ambiental unificada (AAU) de la fábrica de aceite
de oliva, promovida por Molino de Vegas Altas Sociedad Cooperativa Especial, en Gargáligas,
término municipal de Don Benito (Badajoz).
Segundo. El proyecto presentado en la presente solicitud de AAU contempla las parcelas
con referencia catastral: 0862601TJ7206S0001YK; 0862602TJ7206S0001GK; 0862615TJ7206S0001DK; y 0862614TJ7206S0001RK; aprovechando la existencia de una nave sin uso
construida en una de las parcelas. Las parcelas donde se ubicará la actividad productiva
tienen carácter urbano y su uso es industrial. Las coordenadas UTM referidas a la Zona 29
ETRS89 son las siguientes: X: 790059.52 Y: 4328136.32.
Tercero. Esta actividad está incluida en la categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, relativa a instalaciones para el tratamiento y transformación, diferente del
mero envasado, de la siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la
fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea fresca,
congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600
toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90
días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día.
Cuarto. Mediante Anuncio de fecha de 6 de julio de 2023, publicado en el DOE n.º 135, de 14
de julio, el órgano ambiental dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, comunicó al público en general que la solicitud de la autorización ambiental unificada de
la fábrica de aceite de oliva, promovida por Molino de Vegas Altas Sociedad Cooperativa Especial, en Gargáligas, podría ser examinada, durante el plazo de veinte días hábiles, a contar
desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, sin
que se haya recibido alegación alguna.
Quinto. Mediante escrito de 7 de julio de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad (DGS)
remitió al Ayuntamiento de Gargáligas y de Don Benito copia de la solicitud de AAU con ob-