Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Contabilidad Pública. Ejercicio Económico. (2023050177)
Orden de 2 de octubre de 2023 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio económico de 2023 y se modifica la Orden de 23 de diciembre de 2020, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 190
Martes 3 de octubre de 2023

I

51673

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ORDEN de 2 de octubre de 2023 por la que se regulan las operaciones de
cierre del ejercicio económico de 2023 y se modifica la Orden de 23 de
diciembre de 2020, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad
Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023050177)
Las distintas operaciones a realizar en la gestión del presupuesto de gastos se regulan, con carácter general, en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
También se establece en dicha norma que la gestión del sector público autonómico está sometida
al régimen de presupuesto anual y que el ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural.
Como viene siendo habitual, esta regulación debe complementarse con una norma específica que contemple el conjunto de las operaciones que deben ejecutarse durante el cierre del
ejercicio presupuestario de 2023, al objeto de facilitar la realización coordinada y eficaz de
los trabajos de liquidación y cierre del ejercicio. Por ello, resulta preciso determinar los plazos para la tramitación de modificaciones presupuestarias, expedientes de gasto a fiscalizar,
contabilización de operaciones, ordenación de pagos y realización de los mismos, entre otras
cuestiones.
Se mantiene la flexibilización del calendario de cierre de ejercicio respecto de los plazos aplicables a los créditos vinculados a los fondos europeos, de conformidad con lo establecido en
el artículo 19 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia.
La disposición adicional primera establece un plazo para la remisión de la información regulada en la regla 77, Actualización de estructuras, de la Orden de 17 de diciembre de 2020 por
la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura.
La disposición adicional segunda modifica el Plan General de Contabilidad Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por la Orden de 23 de diciembre de 2020 de
la Vicepresidencia primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública. Para ello se ha
tenido en cuenta la Orden HAC/820/2021 de 9 de julio del Ministerio de Hacienda por la que
se modifica el Plan General de Contabilidad Pública estatal, marco para todas las administraciones. También se modifican los siguientes aspectos propios de la administración autonómica,