Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2023063264)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Secretaría General, de concesión directa de subvención a la Fundación Laboral de la Construcción de Extremadura para financiar la impartición de varias acciones de formación profesional para el empleo en las familias profesionales de edificación y obra civil, instalación y mantenimiento, fabricación mecánica, transporte y mantenimiento de vehículos, energía y agua, electricidad y electrónica, comercio y marketing, seguridad y medio ambiente, servicios socioculturales y a la comunidad.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 188
Viernes 29 de septiembre de 2023

51400

Por otra parte, la entidad dice de forma expresa que autoriza a que la Consejería de Educación y Empleo y, en su caso, al Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE), recabe del
organismo público correspondiente el certificado de estar corriente de sus obligaciones con la
Hacienda Estatal, Hacienda Autonómica y Seguridad Social.
Segundo. Por el Servicio de Planificación, Asuntos Generales y Recursos Informáticos y por
el de Gestión de la Formación para el Empleo del SEXPE se han realizado, respectivamente,
las actuaciones de comprobación de la solicitud y del Plan de actuaciones y presupuesto aportados por la entidad solicitante, habiéndose verificado que dicho plan contiene actuaciones
complementarias en materia de formación profesional para el empleo, dentro del ámbito
competencial del Servicio Extremeño Público de Empleo y que la solicitante se encuentra al
corriente de sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura
y frente a la Seguridad Social, así como con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Tercero. En el expediente de concesión de la subvención constan los informes preceptivos
emitidos por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sobre pagos anticipados y
exención de garantías, y por el Servicio de Régimen Jurídico y Sanciones del SEXPE, sobre el
cumplimiento de los requisitos que justifican la concesión directa de la subvención, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1 y en el artículo 32.2, ambos de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Competencia para resolver.
La competencia para dictar la resolución de concesión directa de subvención a la Fundación
Laboral de la Construcción corresponde al Secretario General de Empleo, en ejercicio de la
Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo, según establece el artículo 7
del Decreto 166/2019, de 29 de octubre, y de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2.r)
del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo.
Segundo. Concesión directa de subvenciones, sin convocatoria previa.
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé la concesión en forma directa y con carácter excepcional de
aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
El artículo 32.1.a) de dicha Ley establece que, conforme a lo previsto en el precitado artículo
22.4.c), se considerará como supuesto excepcional de concesión directa cuando, por razón de