Servicio Extremeño Público De Empleo. Empleo. Subvenciones. (2023063264)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Secretaría General, de concesión directa de subvención a la Fundación Laboral de la Construcción de Extremadura para financiar la impartición de varias acciones de formación profesional para el empleo en las familias profesionales de edificación y obra civil, instalación y mantenimiento, fabricación mecánica, transporte y mantenimiento de vehículos, energía y agua, electricidad y electrónica, comercio y marketing, seguridad y medio ambiente, servicios socioculturales y a la comunidad.
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NÚMERO 188
Viernes 29 de septiembre de 2023

51409

Sexto. Justificación.
La entidad beneficiaria presentará la justificación al Servicio de Planificación, Asuntos Generales y Recursos informáticos del Servicio Extremeño Público de Empleo.
Para la comprobación de dicha justificación se realizará una verificación técnica previa que
consistirá en la revisión de las actuaciones desarrolladas y que éstas se han ejecutado de
conformidad con lo previsto en el plan aprobado y que se han justificado los gastos y pagos
derivados de las actividades objeto de subvención.
La justificación, que deberá acreditar la trazabilidad de los pagos, identificando claramente la
correspondencia entre el documento de gasto y el justificante de pago, deberá realizarse de
la siguiente forma:
1. Para que se proceda al segundo pago del 50% previsto en la cláusula cuarta, la Fundación Laboral de la Construcción deberá presentar la siguiente documentación:


a) Una Memoria inicial de las actividades realizadas al amparo de la resolución de concesión, con detalle de cada actuación, destinatarios y resultados obtenidos en cada
una de ellas.



b) Una Memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, conteniendo los siguientes elementos:



— Declaración del representante legal de la entidad que deberá indicar expresamente que las actividades realizadas has sido financiadas en su totalidad o en parte
con la subvención concedida, indicando en su caso el porcentaje imputado.



— Relación clasificada de los gastos incurridos para la realización de las actuaciones,
que deberán representar, al menos, el 100 por ciento de la cuantía anticipada, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha
de pago.



— Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la
actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. En caso de
inexistencia de otros ingresos o subvenciones, se hará constar tal circunstancia.



c) Copia de los documentos justificativos de los gastos incorporados en la relación
clasificada de gastos y de los documentos acreditativos de los pagos realizados por
alguno de los medios establecidos en el punto 5 de este apartado.