Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Delegación De Competencias. (2023063270)
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Empleo, sobre delegación de competencias en determinadas materias.
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NÚMERO 187
Jueves 28 de septiembre de 2023
51235
RESUELVO:
Primero. Delegar en la persona titular de la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo el ejercicio de las siguientes competencias:
a) La resolución de los procedimientos administrativos que puedan derivarse de los programas gestionados por dicha Secretaría General, cuya competencia se atribuya a la
persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo. Se
excluyen de esta delegación la resolución de los diferentes procedimientos administrativos de concesión, denegación, desistimiento o renuncia de las subvenciones derivadas
de los programas de ayudas gestionados por la Secretaría General, y cuya competencia
se atribuya a la Dirección Gerencia.
b) La resolución de los procedimientos administrativos en materia de ejecución del gasto
que puedan derivarse de los procedimientos y /o programas gestionados por la Secretaría General, por la Dirección General de Empleo y por la Dirección General de Formación para el Empleo, cuya competencia se atribuya a la persona titular de la Dirección
Gerencia.
c) La resolución de los procedimientos de pérdida de derechos, revocación y/o reintegros
de las subvenciones que se tramiten en la Secretaría General, la Dirección General de
Empleo y la Dirección General de Formación para el Empleo, así como de la resolución
de los recursos de reposición que se interpongan derivados de estos procedimientos.
d) La competencia prevista en el artículo 7.2.d) del Decreto 26/2009, de 27 de febrero,
por el que se aprueban los Estatutos del Sexpe, referente a elevar las propuestas de
resolución que, en materias propias del Servicio Extremeño Público de Empleo, deba
adoptar la Presidencia del Organismo.
e) L
a competencia prevista en el artículo 7.2.i) del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por
el que se aprueban los Estatutos del Sexpe, referente a la autorización, previo informe
de la Intervención competente, de las modificaciones de crédito en los supuestos establecidos por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
f) Autorización de las comisiones de servicio con y sin derecho a indemnización respecto al
personal adscrito al Sexpe.
Segundo. Quedan excluidos de la presente delegación de competencias en materia de autorización de comisiones de servicio cuantos actos afecten a:
— Altos cargos del SEXPE.
Jueves 28 de septiembre de 2023
51235
RESUELVO:
Primero. Delegar en la persona titular de la Secretaría General del Servicio Extremeño Público de Empleo el ejercicio de las siguientes competencias:
a) La resolución de los procedimientos administrativos que puedan derivarse de los programas gestionados por dicha Secretaría General, cuya competencia se atribuya a la
persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo. Se
excluyen de esta delegación la resolución de los diferentes procedimientos administrativos de concesión, denegación, desistimiento o renuncia de las subvenciones derivadas
de los programas de ayudas gestionados por la Secretaría General, y cuya competencia
se atribuya a la Dirección Gerencia.
b) La resolución de los procedimientos administrativos en materia de ejecución del gasto
que puedan derivarse de los procedimientos y /o programas gestionados por la Secretaría General, por la Dirección General de Empleo y por la Dirección General de Formación para el Empleo, cuya competencia se atribuya a la persona titular de la Dirección
Gerencia.
c) La resolución de los procedimientos de pérdida de derechos, revocación y/o reintegros
de las subvenciones que se tramiten en la Secretaría General, la Dirección General de
Empleo y la Dirección General de Formación para el Empleo, así como de la resolución
de los recursos de reposición que se interpongan derivados de estos procedimientos.
d) La competencia prevista en el artículo 7.2.d) del Decreto 26/2009, de 27 de febrero,
por el que se aprueban los Estatutos del Sexpe, referente a elevar las propuestas de
resolución que, en materias propias del Servicio Extremeño Público de Empleo, deba
adoptar la Presidencia del Organismo.
e) L
a competencia prevista en el artículo 7.2.i) del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por
el que se aprueban los Estatutos del Sexpe, referente a la autorización, previo informe
de la Intervención competente, de las modificaciones de crédito en los supuestos establecidos por la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
f) Autorización de las comisiones de servicio con y sin derecho a indemnización respecto al
personal adscrito al Sexpe.
Segundo. Quedan excluidos de la presente delegación de competencias en materia de autorización de comisiones de servicio cuantos actos afecten a:
— Altos cargos del SEXPE.