Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. (2023063189)
Resolución de 7 de septiembre de 2023, de la Consejera, por la que se dispone la implantación extraordinaria de enseñanzas de Formación Profesional en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2023-2024.
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NÚMERO 181
50278
Miércoles 20 de septiembre de 2023
RESUELVE:
Primero. Autorizar la implantación, a partir del curso académico 2023-2024, de las enseñanzas de Formación Profesional que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Se faculta a la Secretaria General de Educación y Formación Profesional para dictar
cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente
resolución.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y
como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la
presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal
Superior de Justicia en Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan
ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 7 de septiembre de 2023.
La Consejera,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO
50278
Miércoles 20 de septiembre de 2023
RESUELVE:
Primero. Autorizar la implantación, a partir del curso académico 2023-2024, de las enseñanzas de Formación Profesional que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Se faculta a la Secretaria General de Educación y Formación Profesional para dictar
cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente
resolución.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y
como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la
presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal
Superior de Justicia en Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan
ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 7 de septiembre de 2023.
La Consejera,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO